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Buenos días:
Tengo un problema con una menor (12 años), que se dedica a amargarnos la vida a mi marido y a mí. Cada vez que salimos o entramos de...
ROQUE TORRES SOLER sábado 14/06/2014 a las 18:53
Hay dos modos de afrontarlo, por lo penal, el proceso se inicia poniendo una denucia. Mejor tener grabado el momento en que se producen los insultos mediante la grabación de audio del móvil. O bien, por lo civil, haciendo que los padres se hagan cargo de la responsabilidad del menor. Lo aconsejable es lo primero,porque es más rápido y económico.¡Ojo!, grabar solo audio, no video. Porque grabar video de un menor puede conllevar responsabilidad.La denuncia ante la policía local o la guardia civil, o la policía nacional. Mejor ante la guardia civil.
Hola buenas noches,
Estoy pensando en divorciarme (mi futuro ex marido está de acuerdo) y hemos pensado en hacerlo por la forma más sencilla y rápida que creemos que es...
ROQUE TORRES SOLER miércoles 29/01/2014 a las 17:58
Si es de mutuo acuerdo, el divorcio os lo conceden una vez presentados los papeles en, como máximo, 3 meses. El coste hay que negociarlo con el abogado que tu escojas. Yo te haría una buena oferta. Un saludo.
Hola,
me gustaría saber si en caso de infidelidad:
1- se tiene en cuenta el tipo de infidelidad, duración, momento, etc.,
2- si tiene repercusiones para la custodia compartida o...
ROQUE TORRES SOLER miércoles 29/01/2014 a las 17:53
Ya no se tiene en cuenta en los procesos de divorcio. Primero, no se tiene nada en cuenta la infidelidad. Segundo, no influye directamente en el tema de la custodia. Para la custodia se mira quien puede cuidar mejor de los menores, ya sea por la edad de los niños, ya sea por el horario de trabajo de cada uno de los padre, ya sea por la salud de cada uno de los padres, etc.
Buenos días, en la modificación de medidas la abogada de mi ex adjunta unos movimientos y nombres e importe de mi cuenta personal.Que debo hacer??? hablar con el banco?? eso...
ROQUE TORRES SOLER lunes 13/01/2014 a las 20:13
En principio son pruebas obtenidas de manera ilícita si la cuenta está sólo a tu nombre. Y como tal, se puede impugnar tal documentación en el acto de juicio al ser obtenida de manera ilegal. Por lo cual se impugna en el acto de juicio antes de que comience éste, y se solicita no sea tenida en cuenta por el juez, porque vulnera el artículo 287 de la ley de enjuiciamiento civil. Es más, incluso antes de que comience el juicio tu abogado lo puede poner en conocimiento del juez a través de un escrito. Porque además también vulnera el art 7 de la Ley Orgánica 15/1999 sobre PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Un saludo. Si quieres contactar conmigo mi nombre es ROQUE TORRES SOLER. es Un saludo, de nuevo.