Venta piso, en la provincia de Valencia (46019)

Queremos poner a al venta un piso. El piso está a nombre de 2 personas:

- Marido: vivo y con 2 hijas legítimas (de relación anterior)
- Mujer: fallecida y con 2 hijos legítimos (de relación anterior)
Es decir en el momento del matrimonio cada uno aportó 2 hijos de relaciones anteriores que mantuvieron apellidos y no fueron reconocidos legalmente por el otro progenitor en ninguno de los casos.

Según tengo entendido la parte proporcional del piso correspondiente a la fallecida (que no dejó testamento) sería para sus 2 hijos y su marido. La cuestión es que el marido y 3 de los hijos quieren vender, ya que el piso está vacío y supone unos gastos que paga exclusivamente el marido.
La duda es si se puede vender a pesar de la negativa del hijo restante (que quiere más dinero a pesar de que las agencias tasan el piso en un valor menor) o al menos, si no fuera posible obligarle a contribuir en el mantenimiento del piso.

Muchas gracias

Un saludo

Solicita presupuesto 25/03/2015 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Vivienda, Agencia, Venta
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Respuestas a la consulta: Venta piso

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Respuesta #1
Respuesta de
usuario368
miércoles 25/03/2015 a las 14:02
Estimado consultante:
Afortunadamente la ley prevé estas situaciones permitiendo a aquellos herederos que quieren vender presentar un procedimiento judicial de división de cosa común frente a los que no quieren vender, obligándoles a aceptar la venta en pública subasta del piso en común. El valor de la venta será el fijado por un perito tasador a nombrar por el juez en caso de que las partes no se pongan de acuerdo respecto a su valor y el resultado de la subasta se repartirá entre los herederos en función de su cuota hereditaria.
En nuestro despacho la primera consulta es gratuita y realizamos un descuento de un 40 por cien sobre honorarios profesionales además de facilitar el pago a plazos. Pregunte por MARILUZ IGLESIAS PERAL en BUFETE AMOROS S.L.P. Calle Aparisi y Guijarro, 4 de Valencia. Telefono 963918925.
Gracias.
Respuesta #2
Respuesta del despacho Diana Legales Abogados
Calle Juan Llorens nº 20-4 - 46008 Valencia (Valencia)
Diana Lladró Máñez
miércoles 25/03/2015 a las 16:52
Buenas tardes consultante,

Como bien dice mi compañera, es posible la división de la vivienda común a través de un procedimiento judicial. No obstante, este tipo de procedimientos por los profesionales que necesita y el coste de los mismos acaba elevándose a cantidades bastante desorbitadas, además del empeoramiento de la relación entre los miembros de la familia.
Le recomiendo acudir a un procedimiento de mediación a fin de poder intercambiar posturas con el hijo que no quiere vender y conseguir que acepte algún tipo de oferta.

Si quiere que le ampliemos esta información, le indiquemos los pasos a seguir o cualquier otra aclaración que necesite, puede ponerse en contacto con nosotros a través del correo e-mail dianalegales@gmail.com o en el número de móvil 616852968.

Quedo a la espera de sus noticias,

Un saludo,

Diana Lladró
www.dianalegales.com
Diana Lladró Máñez
miércoles 25/03/2015 a las 16:54
Por si le aclara alguna duda, le dejo un enlace donde explico qué es la mediación http://dianalegales.com/que-es-la-mediacion/

Que tenga buen tarde!
Respuesta #3
Respuesta de LUIURIS ABOGADOS, ASESORIA JURIDICA, GESTORIA
Calle Progreso, 114 Bajo - 46011 Valencia (Valencia)
Luisa Gutiérrez Jesús
jueves 26/03/2015 a las 17:01
Debereis vender la cosa a través de Procedimiento de division de cosa comun una vez tengais adjudicadas las propiedades.
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
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