Venta parte vivienda indivisa, en la provincia de Madrid (28200)

Somos doce propietarios herederos de la vivienda familiar por parte de madre. Me planteaba vender mi parte a mi padre.....¿asiste al resto de hermanos algún derecho de tanteo, retracto o algún otro condicionante que impida la mencionada transacción?

Solicita presupuesto 13/01/2015 4 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Contrato de compraventa, Herencia, Vivienda, Familia, Derecho de tanteo
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Respuestas a la consulta: Venta parte vivienda indivisa

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Respuesta #1
Respuesta de López-Mingo
Alcántara 59 - 28006 Madrid (Madrid)
Jesús Ataúlfo López-Mingo Tolmo
martes 13/01/2015 a las 20:43
El derecho de adquisición preferente al que se refiere tiene su fundamento en dar prioridad en la adquisición al comunero/s existente. Su padre es comunero por lo que mal van a poder sus hermanos -tambien comuneros- ejercitar dichos derechos de tanteo y retracto, siendo el retraído más condómino que ellos.
Creo que su padre puede comprar sin temor a que los otros hijos retraigan la compraventa. Si quiere que estudie y razone profundamente el asunto no tiene más que pedirlo.
Usuario_3280
martes 13/01/2015 a las 20:58
Creo que no es necesario profundizar más pues me lo ha dejado meridianamente claro. Muchas gracias y saludos cordiales
Respuesta #2
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
martes 13/01/2015 a las 23:02
Buenas noches.
Lo primero que tenemos que ver es si su padre es copropietario tambien de la vivienda, ya que en su pregunta no queda claro, puesto que habla de doce propietarios por herencia de su madre, pero no indica si la vivienda era ganancial o si su padre también es heredero.
En el supuesto de que su padre sea copropietario de la vivienda no existe ningún problema, puesto que no se da el derecho de retracto entre comuneros, al ser el ya un comunero.
Si su padre no es copropietario, cualquiera de sus hermanos puede salir al retracto en las mismas condiciones de la venta. En este caso cabe la posibilidad de una donación, en cuyo,caso no se da el derecho de retracto, además de que en la comunidad de Madrid, el impuesto de sucesiones esta bonificado al 99 por 100, y la compraventa paga el impuesto de transmisiones patrimoniales, que en Madrid es del 6 por 100.
Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho, en el teléfono 915343572, ya que he sido oficial de notaria durante más de 40 años, y este es un tema cotidiano.
Un cordial saludo
Usuario_3280
martes 13/01/2015 a las 23:49
Mi padre conserva su mitad ganancial, por tanto es también propietario. Queda claro, pues, que no hay ningún problema. Me preocupaba que fuera necesario el conocimiento y consentimiento de los demás propietarios-herederos.

Gracias por su aclaración, y saludos cordiales
Respuesta #3
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
miércoles 14/01/2015 a las 17:11
Tienen derecho de tanteo y tendrá que ofrecerles la venta a todos los demás si su padre no es uno de los 12 propietarios. Caso de serlo y si aún no han partido la herencia habría otras posibilidades y nunca hay tanteo si se vende a otro dueño.
Respuesta #4
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
jueves 15/01/2015 a las 20:15
Buenas tardes,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. También se puede hacer una consulta vía email.

El precio de la primera consulta se le descontará del presupuesto que en su caso se de, en caso de ser necesario llevar a cabo algún tipo de trámite, gestión, reclamación...etc.

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Despacho de Abogados LETRADOX
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