Vender con anotación de embargo preventivo, en la provincia de Madrid (28001)
Tengo en propiedad una vivienda, que heredé hace años.
He decido ponerla en venta. Al pedir una nota simple, la vivienda aparece con un embargo preventivo.
Éste embargo es debido a la reclamación por parte del procurador de un inquilino de renta antigua que tuvo la casa y que al intentar recuperar la vivienda, perdí el juicio y fuí condenado a costas. Costas que no pude abonar en su totalidad.
La vivienda despierta mucho interés entre posibles compradores y no sé si puedo venderla con ésa carga. Es decir, si llegado el momento de la firma en el Notario, existe alguna manera de que la venta se realice y yo pueda cancelar ésa deuda a continuación.
Mi intención era la de abonar la totalidad, los intereses y demás, en la cuenta judicial, en el mismo momento en el que recibiese la señal de arras. Pero, tengo entendido que no es tan sencillo y que el proceso para que desaparezca la anotación en el Registro de la Propiedad, es muy lento y tengo que presentar escritos con representación de abogado y procurador, etc.
Por lo tanto, puedo quedarme fuera del plazo máximo fijado entre el contrato de arras y la firma en el Notario (que lo habitual suelen ser 30 días). Teniendo que devolver el doble de la cantidad depositada por el comprador.
Existe alguna fórmula para poder firmar la venta de mi vivienda sin problemas, aunque aún conste la anotación en el Registro de la Propiedad? (Si no ha dado tiempo a finalizar el proceso de pago-escritos-recibir respuesta del Juzgado-eliminar anotación...)
Puedo abonar la cantidad íntegra e intereses al procurador que lo reclama, en el mismo acto en la Notaría (si se presta a acudir) y que el tema quede zanjado?
Hablamos de un importe muy bajo, en comparación con el valor de la vivienda.
Gracias. Saludos