Valorar vivienda para que un heredero pague al resto, en la provincia de Asturias (33005)

Somos 4 hermanos. Recientemente ha fallecido nuestro padre. Nuestra madre aún vive. Sus propiedades consisten en un piso que constituye la vivienda habitual (su valor de mercado es de unos 300.000 euros, y el catastral de unos 110.000) y una cuenta bancaria con 40.000 euros aproximadamente. En sus testamentos (ambos son iguales), nuestros padres nos instituyen herederos a los 4 hijos a partes iguales, pero ambos adjudican su parte de la vivienda habitual a uno de los hijos en concreto, y a los demás hijos otros bienes de la herencia, y si no alcanzare con el resto de bienes para que el valor de lo heredado por cada uno sea igual (que obviamente no alcanza) para cubrir su parte, el heredero al que se adjudica el piso deberá compensar al resto la diferencia hasta igualar en metálico.

Ya tenemos el acta de defunción por lo que ahora debemos solicitar el certificado de últimas voluntades y a continuación tramitar la herencia.

Yo soy uno de los hermanos a los que no se asignó la vivienda y me surgen dudas sobre la valoración que se haga ahora del piso de cara a satisfacer los deberes con hacienda.
¿Será sobre este valor sobre el que luego mi hermano nos compensará la parte que nos toque a cada uno?
Tengo entendido que lo habitual es utilizar el valor catastral afectado por un coeficiente (que en nuestro caso es 1,36). Obviamente, el valor del piso según este cómputo es muy inferior al valor real de mercado (aproximadamente la mitad).

Mi duda es sobre cómo y cuando se debe hacer la valoración de la vivienda para calcular lo que debe pagarnos a cada uno de los otros tres hermanos para saldar la deuda. Entiendo que debería ser sobre el valor real de mercado.
Ya sé hasta que no fallezca mi madre (que espero sea dentro de muchos años) no se hará efectiva la herencia, pero no sé si debemos solicitar que se realice ahora una valoración en particular (por un experto, valoración fiscal...) para que quede reflejado el valor real del piso y el porcentaje que corresponde a cada uno o eso debe hacerse cuando fallezca mi madre y ahora no es relevante.
Espero se entienda mi pregunta.
Gracias

14/02/2021 Sin respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil
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