Tengo derecho a que me indemnice el arrendatario, en la provincia de Ciudad Real (13170)
Tengo una vivienda arrendada. El contrato se firmó el 13 de octubre de 2014 por una duración de un año, que si llegado el vencimiento no nos comunicara nada se prorrogaría anualmente hasta completar 3 años de contrato. El 20 de noviembre de 2015 nos comunica que quiere rescindir el contrato. En el contrato se firmó una cláusula donde dice "El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. En caso de desistimiento, el Arrendatario deberá indemnizar al Arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de duración del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización"