Tengo 18 años y me quiero independizar, en la provincia de Sevilla (41960)

Tengo 18 años y vivo con mi madre. Mi padre le pasa mi manutencion a ella. He decidido que me quiero independizar pero no tengo estabilidad economica ya que sigo estudiando. ¿Tengo derecho a que mi padre me pase la manutencion directamente a mi? En el caso que los dos se nieguen, ¿que puedo hacer para reclamarla?

10/04/2016 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Manutención, Padres, Independizar, Madre
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Respuestas a la consulta: Tengo 18 años y me quiero independizar

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Respuesta #1
Respuesta del despacho Talavera Saldaña Abogados
Fernando IV 8, local - 41011 Sevilla (Sevilla)
Germán Saldaña Espejo
domingo 10/04/2016 a las 22:20
A ver, veo una tremenda contradicción en su consulta. ¿No dice que se quiere independizar? Independizarse implica no depender de sus padres. Si dice que no tiene estabilidad económica y sigue necesitando la manutención de sus padres, está claro que sigue dependiendo de ellos y no se puede independizar. La posibilidad de independizarse le llegará cuando su situación económica le permita no depender de la ayuda de sus padres, y eso por lo que dice todavía no le ha llegado.
Respuesta #2
Respuesta de José Manuel Piñero Fernández
C/.Prim, 20 - 41410 Carmona (Sevilla)
José Manuel Piñero Fernández
martes 26/04/2016 a las 14:32
Hola. Habiendo cumplido ya los 18 años, un requisito para que pueda seguir percibiendo la pensión por alimentos es, precisamente, su dependencia económica. Si se independiza como pretende su padre podría solicitar la exitinción de la pensión mediante un procedimiento de modificación de medidas.

Finalmente respecto al pago directo de la pensión, su padre está obligado a pasarlo en la forma en que venga establecida en la sentencia o convenio regulador del divorcio. Normalmente suele hacerse en la cuenta corriente que designe el progenitor custodio. Su padre deberá pasar la pensión a su madre y no a usted. De no hacerlo así su padre no se verá liberado de su responsabilidad del pago de la pensión, considerándose que lo pagado directamente a usted lo hace de forma altruista, como extra o añadido.

Saludos.

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