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En SEGURA BELMONTE ASESORES ponemos a su disposición servicios de asesoramiento jurídico, laboral, fiscal y contable para la resolución de sus obligaciones y problemáticas diversas. Somos especialistas en asesoramiento jurídico en el ámbito de lo social, en materia laboral para trabajadores, empresarios y autónomos, así como en obligaciones fiscales y contables para empresas y autónomos. Ofrecemos un servicio profesional, personal y riguroso. Nuestro objetivo es el cumplimiento de las obligaciones y resolución de las cuestiones de nuestros clientes, además de su satisfacción. Estamos a su servicio en los teléfonos 640 23 05 63 y 854 55 15 63

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Especialista en:
Fiscal, Laboral

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Últimas respuestas de Segura Belmonte Asesores

Publicada el 15/07/2019 en la provincia de Sevilla sobre Derecho Laboral
Termine de trabajar el 30 de mayo, la empresa me ha pagado el mes de mayo junto con las vacaciones correspondientes pero no la indemnización correspondiente a los 3 años...
Respuesta en iasesorate.com de Pablo  Segura Romero
Pablo Segura Romero
martes 16/07/2019 a las 07:40
Si no se fue de manera voluntaria y no era un contrato de interinidad tiene derecho a la indemnización por la extinción del contrato, además de los días que falten de preaviso (habría que ver el convenio).

Le invito a que nos llame al 640230563 y le indicamos la forma de proceder.

Saludos.
Publicada el 26/03/2019 en la provincia de Sevilla sobre Derecho Laboral
Buenos dias, desde 2011 tengo reconocida una incapacidad total permanente física, en concreto para realizar esfuerzos físicos bruscos y continuos, desde entonces deje mi trabajo habitual en la construcción y...
Respuesta en iasesorate.com de Pablo  Segura Romero
Pablo Segura Romero
martes 26/03/2019 a las 18:10
La clave está en demostrar que esa dolencia agravante le causa incapacidad en el trabajo. Para ello deberá solicitar un informe al médico donde le detalle estas nuevas dolencias como agravante para poder reclamar.
Puede contactarnos en el 640230563
Publicada el 13/03/2019 en la provincia de Sevilla sobre Derecho Laboral
llevo desde 2012 con una incapacidad permanente absoluta por trastorno psicotico con caracteristicas esquizofrenicas, tengo 52 años y cobro 1.489 euros en 14 pagas. Mi pregunta es que a que...
Respuesta en iasesorate.com de Pablo  Segura Romero
Pablo Segura Romero
miércoles 20/03/2019 a las 10:11
La jubilación le llegará cuando tenga la edad ordinaria y será en la misma cuantía de la paga que tenga entonces. Es una transformación por decirlo de manera lisa y llana.
Publicada el 17/03/2019 en la provincia de Ciudad Real sobre Derecho Laboral
Tras varios contratos temporales por bajas , vacaciones,etc . Todos encadenados sin ningún día de baja entre ellos. Me han hecho un contrato indefinido, la empresa me pone la antigüedad...
Respuesta en iasesorate.com de Pablo  Segura Romero
Pablo Segura Romero
miércoles 20/03/2019 a las 10:07
Su antigüedad en la empresa debe ser junio de 2013, sin más cortapisas. Para reclamarlo debe reclamarlo judicialmente: primero mediante papeleta de conciliación y si no hubiese acuerdo en la conciliación previa mediante demanda a un juzgado de lo social.

Puede consultar con nosotros si desea iniciar la reclamación en el 640230563

Saludos.