Revisión de medidas sobre pension alimentos, en la provincia de Madrid (28229)

Hola.mi marido esta pasando una pensión a su hijo de su anterior matrimonio de 830€,el cobra 2.500€ al mes,pero antes no tenía hipoteca,ni coche y ahora tiene todo eso mas que nos casamos hace año y yo no tengo trabajo y aparte tenemos un bebe de 6 mese. Cabría la posibilidad de pedir una modificación de medidas? Y sería viable? Gracias

20/11/2014 8 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Convenio regulador, Pensión alimenticia
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Respuestas a la consulta: revisión de medidas sobre pension alimentos

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Respuesta #1
Respuesta del despacho ISARA CONSULTORES
CL ROMERO, 9 - 28430 LOS NEGRALES (ALPEDRETE) MADRID (Madrid)
José Luis Fernández
jueves 20/11/2014 a las 11:39
Buenos días, Siempre es posible pedir la modificación de medidas cuando se haya producido una situación de desequilibrio con respecto a la situación en la que se firmaron o decretaron dichas medidas. Para saber si es viable o no sería necesario tener acceso a más información de la que aquí se nos facilita.

Estamos a su disposición en el teléfono 918516510 donde podremos concertar una cita sin ningún compromiso donde estudiar la documentación y los datos concretos que nos permitan determinar la viabilidad de la demanda.

Atentamente.
Respuesta #2
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
jueves 20/11/2014 a las 11:44
Buenos días.
Si han cambiado las circunstancias económicas de su marido, si es posible pedir una modificación de medidas para solicitar bajar la pensión de alimentos de su hijo, pero para ello sería necesario justificarlo debidamente, puesto que en caso contrario, se lo van a denegar.
Tendríamos que ver toda la documentación para poder asesorarla debidamente, por lo que si lo desea póngase en contacto con el despacho, en el teléfono 91 534 35 72.
Un cordial saludo
Respuesta #3
Respuesta de López-Mingo
Alcántara 59 - 28006 Madrid (Madrid)
Contiene presupuesto
Jesús Ataúlfo López-Mingo Tolmo
jueves 20/11/2014 a las 11:45
Para poder responder a su consulta habría que estudiar los motivos, las causas, que establecieron la pensión alimenticia de 850 euros. Cuales eran en aquél momento los ingresos del alimentante. Las circunstancias sobrevenidas, un nuevo cónyuge que no trabaja fuera de casa, y un nuevo hijo, son cargas adicionadas a las que tuviese en un primer momento que podrían influir para estimar una pretensión de modificación de medidas definitivas, concretamente la relativa a la cuantía de la pensión alimenticia del primer hijo. Sobre esta materia, como prácticamente en todo problema jurídico, existen unas sentencias favorables y otras desfavorables a la pretensión de reducción de pensión de alimentos. Los problemas se han de estudiar individualizadamente y va a influir mucho en el nuevo fallo judicial que la demanda esté fundada en doctrina reciente y la más consolidada.
Respuesta #4
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
jueves 20/11/2014 a las 12:00
Claro que es `possible. Precisamente es uno de los temas de màs actualidad debido a la crisis económica. No obstante debemos analizar muy bien las medidas que actualmente están en vigor en el convenio que firmó y por el que paga la pension actual, Igualmente examiner si ha sido actualizada etc. Si lo desea puede llamarme al 91.151.71.13 y lo podemos comentar y facilitarle un presupuesto.

Un saludo
Manuel Larrotcha
www.ldcabogados.com
Respuesta #5
Respuesta del despacho Díez y Asociados
C/ O'Donnell 32 6º B - 28009 Madrid (Madrid)
Soledad Díez
jueves 20/11/2014 a las 12:04
Aunque siempre es posible solicitar una modificación de medidas, es necesario estudiar el caso concreto y la documentación de la que se dispone.

Si usted lo considera puede ponerse en contacto conmigo en el teléfono 910259585 para una primera cita, dónde estudiaré su caso y le daré una opinión y un presupuesto.
Respuesta #6
Respuesta del despacho VELA ABOGADOS
C/ Londres, 39, 1-C - 28028 Madrid (Madrid)
Cristina Iñigo Vela
jueves 20/11/2014 a las 12:33
Buenos días. Para solicitar la modificación de medidas es necesario que las circunstancias que existían cuando se tomaron las anteriores medidas hayan cambiado sustancialmente y sean permanentes en el tiempo. Por lo tanto, en mi opinión, justificando los nuevos gastos, podría ser viable dicha modificación.
Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros y le ayudaremos.
Un cordial saludo.
VELA ABOGADOS
Tfno.: 683 383 374
E-mail: info@velaabogados.es
Respuesta #7
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
jueves 20/11/2014 a las 17:57
Se ha producido una alteración de circunstancias, consistente en la llegada de un nuevo hijo y nuevos gastos. El tema del hijo no todos los juzgados lo consideran como un cambio de circunstancias ajeno a la voluntad del obligado al pago, con lo que no siempre se consigue la reducción de la pensión por ese motivo.
Habría que ver el alcance de los otros cambios (nuevos gastos de hipoteca) en relación a la situación habida cuando se fijó la pensión para poder concretar algo más la respuesta, pero en cualquier caso va a ser una situación dudosa, pero que convendría intentar judicialmente sobre todo si el primer hijo es menor de 14 años, pues aún faltarían años por pagar.
Respuesta #8
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
martes 25/11/2014 a las 12:40
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. También se puede hacer una consulta vía email.

El precio de la primera consulta se le descontará del presupuesto que en su caso se de, en caso de ser necesario llevar a cabo algún tipo de trámite, gestión, reclamación...etc.

Solicite información sin compromiso en:

tlf. 645 958 948
Despacho de Abogados LETRADOX
www.Letradox.com
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