Reparto de herencia, en la provincia de Toledo (45002)

Muy buenas.
Tengo un verdadero problema, o al menos me lo parece. Soy heredero junto con cinco hermanos más de una herencia que dejó mi padre sin hacer testamento. A su vez dentro de lo heredado hay propiedades que son compartidas con primos y tíos. El resultado de todo esto es que de lo heredado, tanto los proindivisos que compartimos con el resto de la familia como de mis hermanos (también proindivisos) algunos quieren vender y yo a esto por el momento me niego por la pérdida de patrimonio que considero que tendría según está la situación económica del país al vender suelos rústicos y urbanos a un precio tan bajo. Como tampoco podría comprarles al resto su parte, por el alto valor económico del patrimonio heredado al no disponer de liquidez suficiente. Personalmente les hecho saber, mandándoles e-mails, argumentándoles la pérdida de patrimonio que se produciría y la situación complicada en la que dejan al resto que no quieren vender, cuando un comunero entra con la intención de hacer negocio a costa de recursos legales y financieros.
Parte de ellos (primos y hermanos) han empezado los trámites para vender una propiedad a una sociedad que compra proindivisos (quieren formalizar el acto el día 30 de este mes), a la que me niego vender mi parte al precio que me ofrecen. Llegados a este punto, parte de mis hermanos quieren que firmemos la aceptación de la herencia, escrituras… (ya se han pagado todos los impuestos sobre sucesiones y donaciones) y yo les propongo, para no salir todos perjudicados y que cada uno haga con su patrimonio heredado lo que crea conveniente, se haga un reparto voluntario y de común acuerdo de lo heredado formalizando un cuaderno particional; pidiéndoles la voluntad de quedarme con ciertas propiedades y compensar con el resto hasta que exista un equilibrio en el reparto.
¿Si se niegan a realizar el cuaderno particional, podría negarme a firmar la aceptación de la herencia con el objetivo de que no puedan disponer del patrimonio y me puedan perjudicar en la venta del mismo a otros comuneros?
¿Si denuncio el caso para que un juez haga la partición, paralizaría el proceso de venta y podría respetar el juez la voluntad de quedarme con ciertas propiedades?
Agradeciéndoles de antemano su respuesta, reciban un saludo.

5/01/2014 4 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Herencia, Testamento, Transmisión patrimonial
Realiza tu consulta online de forma gratuita y recibe respuestas solo de gestorías, asesorias y despachos profesionales

Respuestas a la consulta: Reparto de herencia

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "Reparto de herencia".
Respuesta #1
Respuesta de DIAZ ALBERDI ABOGADOS
Calle Obispo Hervas - 13002 Ciudad Real (Ciudad Real)
Francisco Jose Diaz Alberdi
lunes 6/01/2014 a las 12:04
Buenos días, para poder contestar a su consulta es necesario saber si han realizado la declaración de herederos de su padre, pues, al haber muerto sin haber hecho testamento, este es el primer paso, después deberían aceptar la herencia y, después de estos pasos ya sería Ud. y, sus hermanos herederos de pleno derecho.

Una vez completado ese paso, sobre los bienes de su padre podrían al momento de aceptar la herencia, realizar un adjudicación de los bienes que componen aquella y, por tanto, ver la posibilidad de adjudicarse bienes que no se encuentren en proindiviso de forma individualizada.

Con respecto a los bienes proindiviso con otros familiares, antes de poder hacer cualquier disposición deben conocer si tienen la posibilidad de disponer de ellos, es decir, si estos familiares han procedido a realizar la declaración de herederos y, en su caso la aceptación de herencia.

Sobre su oposición a la venta de los bienes del patrimonio familiar, la misma no es obstáculo para que se pueda proceder a la venta de dichos bienes, bien por mutuo acuerdo, bien por resolución judicial que la inste cualquiera de los copropietarios, pues, el derecho a no permanecer en copropiedad prima sobre el mantenimiento de la propiedad en común.

No obstante, su problema es complejo, pues, también hay que considerar si los bienes son divisibles y, por tanto, se puedan adjudicar partes a los distintos herederos.

Si desea más concreción, puede dirigirse al teléfono 926 274647 o bien al teléfono móvil 629042952 la dirección de correo electrónico, dónde será atendido e, informado del coste de las acciones que pueda realizar en defensa de sus derechos.
Respuesta #2
Respuesta del despacho Gabinete Jurídico G & G
Rafael García Cepas
martes 7/01/2014 a las 01:27
Estimado Sr,

Lo primero que hay que hacer en una herencia sin testamento es acudir a un Juzgado para que otorgue la parte que le corresponde a cada uno (liquidar la herencia-declarar herederos).

Segundo, a nadie se le puede obligar a permanecer en un proindiviso, pero para dividirlo hay que acudir al Juzgado de lo Civil, tras un procedimiento judicial, se puede dividir y salir a subasta publica (esto puede tardar 2 años) si no hay acuerdo.

El tema es muy complejo y nos faltan datos para ser mas precisos.
Si deseas llame al Tlf 600419666 o al 913861929
Respuesta #3
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
martes 7/01/2014 a las 17:13
Estimado Sr.
Falta conocer ciertos datos para darle una respuesta más exacta. Cualquier heredero puede negarse a la partición de la herencia en vía notarial, y cualquier otro podrá iniciar un pleito. Mientras tanto nadie podría disponer de los bienes del fallecido. Traten de evitar los pleitos en este tipo de asuntos.
Un saludo,
Eduardo Llarena
Respuesta #4
Respuesta de Cristina Montijano
Casp, 31, 3º 2ª A - 08010 Barcelona (Barcelona)
Cristina Montijano Pérez
viernes 10/01/2014 a las 07:51
Es un problema complejo y de difícil y costosa solución judicial, por lo que la mejor vía es la negociación.
Respecto de la venta del proindiviso a esa empresa, ni tú ni tus hermanos podéis vender por que no habéis aceptado la herencia de vuestro padre, por lo que no podéis intervenir en la operación.
Respecto de la herencia de vuestro padre, lo primero es aceptarla y buscar una fórmula de reparto. Si no llegáis a un acuerdo, no os quedará más remedio que ir al Juzgado para que el Juez la reparta por vosotros.
Debes tener en cuenta que cualquier comunero puede pedir que los bienes se dividan o vendan a terceros si no se pueden dividir, en el Juzgado.
Te recomiendo que contrates un abogado para que seas consciente de tus decisiones en cada momento. Si no llegáis a un acuerdo con tus hermanos y primos, os vais a gastar la herencia en pleitos. Un saludo,
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
Responder consulta

Otras consultas parecidas a "Reparto de herencia"

Estas son las últimas consultas publicadas en iasesorate.com relacionadas con "Reparto de herencia", que pertenece al área legal de Derecho Civil.

reserva de perro en criadero en la provincia de Salamanca (37193)

hola hace 15 dias reservamos un cachorro de caniche toy en un criadero, ahora hoy una consulta medica me diagnostica... ver más

22/07/2024 Comparte en:

Tenemos un piso en alquiler y hemos encontrado unos conocidos que están interesados pero no pueden pagar la renta que... ver más

15/07/2024 Comparte en:
Desistir contrato CEAC en la provincia de Madrid (28300)

En septiembre de el año pasado quise empezar a estudiar un Técnico superior con CEAC, estudie durante 4 meses en... ver más

21/06/2024 Comparte en:
Calculo de la pension compensatoria en la provincia de Alicante (03003)

Quisiera entender como se calcula la pension compensatoria por 14 años de matrimonio, donde la esposa,dejo de trabajar por acompañar... ver más

19/04/2024 Comparte en:
Como realizo correctamente un desistimiento? en la provincia de Cuenca (16190)

Me han vendido un curso de Ceac por llamada, el 18 de enero de este año pero ayer 19 de... ver más

20/01/2024 Comparte en: