REGISTRO CANCELACION HIPOTECA, en la provincia de Santa Cruz de Tenerife (38005)
Hace unos 8 años vendí una vivienda a través de una inmobiliaria. En el momento de hacer todos los trámites, y tras cancelar en el banco la hipoteca a mi nombre que pesaba sobre esa vivienda, la dueña de la inmobiliaria me instó a entregar a la compradora de la misma 600 euros en concepto de 'provisión de fondos' para que se encargara de registrar la cancelación de la hipoteca (tiempo después comencé a pensar que por qué no hacían ellos mismos desde la inmobiliaria ese trámite, pero en eso quedamos y así lo hice, incluso insistí en el banco hasta que enviaron la documentación a la gestoría indicada para que la compradora culminara el trámite). Tengo un recibo firmado por la compradora de mi vivienda (hecho a mano en la misma inmobiliaria) en el que se especifica que yo le entrego esos 600 euros para hacer el trámite de registro de cancelación de la hipoteca y que si excede de esa cantidad o es inferior, se pondrá en contacto conmigo para devolverme o solicitarme el dinero. Sé que en ese momento la inscripción de la cancelación de una hipoteca costaba menos de esos 600 euros, con lo cual deduzco que, probablemente, no se haya hecho el pertinente registro. De hecho, tuve que ser yo quien diera de baja todos los servicios (luz, agua, etc) a mi nombre, porque transcurridos los meses seguían a mi nombre. Mi pregunta es si en algún momento, cuando esta señora quiera vender la casa, se me puede reclamar a mí algo por no haberse hecho el registro de la cancelación de la hipoteca.