¿puedo oponerme al despacho ejecutivo de un monitorio?, en la provincia de Madrid (28020)

Hola. Hoy 07/05/2015 he recibido un auto de ejecución de un monitorio que desconocía su existencia. El 23/09/2011 Banco Sygma me interpuso un monitorio por una tarjeta a la que no pude hacer frente por circunstancias. No volví a saber de este monitorio. El auto ejecutivo que recibo viene con otro nº de procedimiento y a nombre de una empresa irlandesa que parece ser ha comprado la deuda y sobre el primero monitorio solicitó despacho de ejecución el 15/01/2015. No entiendo mucho de leyes pero he leído que una demanda caduca a los dos años si no hay movimientos judiciales en la misma debiendo iniciar el proceso nuevamente. Y nunca tuve constancia por parte del juzgado ni de nadie de que esa deuda había sido cedida a una empresa extranjera. ¿Puedo proceder de alguna forma?. Gracias.

7/05/2015 5 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Acciones legales, Deuda, Monitorio
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Respuestas a la consulta: ¿puedo oponerme al despacho ejecutivo de un monitorio?

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Respuesta #1
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
jueves 7/05/2015 a las 18:56
Su interpretación no es correcta. Hay un plazo de cinco año para ejecutar la resolución. Los dos años de caducidad en la instancia significan otra cosa.
Usuario_4245
jueves 7/05/2015 a las 19:04
¿Pero puedo oponerme al despacho?. Yo no se quien es esa empresa ni nadie me ha comunicado ninguna cesión en tres años y medio. ¿No debía el juzgado comunicarme que esa demanda cambiaba de titular?. Gracias.
Eduardo Llarena Jarabo
viernes 8/05/2015 a las 17:06
No es obligatorio notificar el cambio de titular. Usted ahora podría, si concurren los requisitos solicitar ejercer el derecho de retracto.
Puede oponerse al despacho de ejecución durante diez días hábiles. Si la deuda supera los 2.000 euros necesitará de abogado y procurador.
Respuesta #2
Respuesta de López-Mingo
Alcántara 59 - 28006 Madrid (Madrid)
Jesús Ataúlfo López-Mingo Tolmo
jueves 7/05/2015 a las 19:23
¿De cuánto dinero está hablando usted?. Por poder siempre se puede excepcionar de muchas maneras, buscando todos los posibles requicios de defensa; pero frente a un impagado lo primero que hay que analizar es si de la deuda existe y de qué importe. Partiendo de esos dos datos se pasa a analizar los costes de defensa y representación y los riesgos derivados de la eventual condena en costas.
Respuesta #3
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
jueves 7/05/2015 a las 19:33
Por poer puede oponerse, pero seria neesario estudiar su caso y ver lo actuado y si se puede impugner la subrogación que hace la nueva entidad que su pongo sera un fondo buitre. Si lo desea puede llamarnos para comentar su caso con mayor detalle. www.ldcabogados.com 91.151.71.13
Respuesta #4
Respuesta del despacho Abogados Ortega y Gasset
C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha - 28006 Madrid (Madrid)
Cristina Amor Barrado
jueves 7/05/2015 a las 22:19
Para poder darle una respuesta correcta en cuanto a su problema habría que ver la documentación. Tanto el contrato de esa tarjeta, la demanda de monitorii y la ejecución que tiene ahora. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en nuestro despacho.
Le remito mis datos:
Cristina Amor Barrado.
Tel: 634742711.

Un saludo.
Respuesta #5
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
viernes 8/05/2015 a las 10:51
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
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