Propiedad de un talón, en la provincia de Illes Balears (07800)
Buenos días, ahí va mi consulta: mi padre fallece el pasado 8 de agosto dejando el dinero de sus cuentas a repartir entre tres hermanos y su viuda, así como un local comercial al que asigna el usufructo a su viuda y la nuda propiedad a un hermano mío. Dicho local está alquilado (junio 2019-junio 2020) abonándose la renta perteneciente a dicha anualidad al principio de la misma con dos talones al portador. El primero se ingresa en la cuenta corriente de mi padre antes de fallecer; el segundo no se llega a cobrar. La viuda lo tienes en su poder. ¿A quien pertenece ese talón? ¿A los herederos por igual? ¿A la viuda como renta del local del cual adquiere el usufructo?
Esperando su respuesta, reciban un cordial saludo.