Problemas contrato de alquiler, en la provincia de Granada (18010)

Hola. Tengo dos dudas legales que necesitaría resolver. La primera: el 1 de junio de este mismo año firmé un contrato de alquiler solidario de un año de duración con otros dos compañeros de piso. A día de hoy uno de ellos nos dice que quiere abandonar el piso en diciembre (cuando se cumplen 6 meses de la firma del contrato). Me gustaría saber qué obligaciones tiene el compañero que se va ir. ¿Tiene la obligación de continuar pagando hasta la finalización del contrato si el otro compañero y yo no queremos rescindir el contrato? La segunda cuestión es acerca de los motivos que lo llevan a querer abandonar el piso. El chico es hijo de padres divorciados y tiene 20 años. Decidió abandonar su domicilio familiar (en el que vive con su madre, con el novio de esta y con la hija que tienen en común) por lo que el padre quiere ir a juicio para que se decida qué hacer con el domicilio familiar ahora que el chico se ha independizado, es decir, ha alquilado una casa (con nosotros) y tiene trabajo además de los estudios. El chico considera que volviendo a casa (y supongo que dejando el trabajo) conseguirá que el juicio lo gane su madre y pueda así seguir disfrutando del uso de la casa que es propiedad de ella y del padre del chico. ¿Hasta que punto es real que al volver a casa todo se soluciona como si nunca se hubiera marchado? Gracias por su atención

28/10/2019 1 Respuesta pública Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil
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Respuestas a la consulta: Problemas contrato de alquiler

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Respuesta #1
Respuesta de BUFETE LUIS MOLINA
C/ RECOGIDAS Nº 50, 1º DERECHA - 18002 GRANADA (Granada)
LUIS MOLINA CABRERA
lunes 28/10/2019 a las 15:18
Le indico, atendiendo su amable consulta, que en principio el compañero de piso sigue obligado a pagar su parte de alquiler, pero esto no es seguro porque puede resolver su parte del contrato con el propietario, y además las obligaciones solidarias implican que es el acreedor (el propietario) quien puede reclamar las rentas a cualquiera de los inquilinos, dado que cada uno responde de la totalidad de la deuda. Para responder de solo una parte de ella ha de ser una obligación mancomunada y no solidaria. De otro lado, que él viva con su madre o fuera del domicilio es indiferente de cada al procedimiento de familia por ser actualmente mayor de edad.
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