Prestamo entre particulares y nula respuesta del deudor, en la provincia de Barcelona (08080)

Buenos días.

Recurro a vuestra colaboración para tratar de esclarecer una situación que está resultando bastante desagradable en mi familia.

Hace 13 años aproximadamente (no se han cumplido los 15 años), prestamos un dinero a un conocido (42.000€) de la familia para que pudiese hacer frente al pago pendiente de una pensión por un menor a cargo (manutención) y otros temas relacionados con un divorcio/separación (no lo tenemos del todo claro).

En su momento se acudió a un abogado para reflejar este prestamo y dejar constancia de la entrega de dicho dinero.

Ha pasado este tiempo y esa persona no ha devuelto cantidad alguna y a priori no parece tener intención de hacerlo.

Argumenta que debería poner una denuncia a su exmujer para así poder llegar a un acuerdo de la venta del piso, que abandonó hace esos 13 años, y que poseian ambos y que es ella la que actualmente disfruta con su nueva pareja e hijo nacido fruto de esa nueva relación.

Dice que de esta forma conseguiría que el piso fuera tasado y o bien llegan a un acuerdo para vender el piso a un tercero, o su exmujer debería pagarle su parte.

Éste sería el único bien del que sería titular el deudor, ese piso comprado a medias cuando estaban juntos.

Ante la solicitud de que pague, dice que no dispone del dinero que debería utilizar para poner esa denuncia y comenzar esos tramites (un abogado le pidió 4.000€ para proceder en ese sentido) y nos dice que la única forma de que cobremos esos 42.000€ es que nosotros lo denunciemos a él por impago, con los papeles del prestamos efectuado, para que así de esa forma le embarguen o vayan contra su único bien, que es ese piso.

No tenemos del todo claro que esto sea así, y sobre todo, tenemos el temor de que pasados 15 años (ya queda poco), la deuda prescriba y nos quedemos sin ese dinero que dejamos a esa persona, que estaba pasando por un mal momento.

Como podéis ver es una situación desagradable y cualquier comentario o consejo legal al respecto, sería muy muy bien recibido.

Gracias de antemano por vuestra atención y ayuda.

Saludos,

Solicita presupuesto 28/01/2016 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Acciones legales, Préstamo, Particular
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Respuestas a la consulta: Prestamo entre particulares y nula respuesta del deudor

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Respuesta #1
Respuesta de Cristina Montijano
Casp, 31, 3º 2ª A - 08010 Barcelona (Barcelona)
Cristina Montijano Pérez
viernes 29/01/2016 a las 11:09
Evidentemente, tendréis que demandar a este señor para cobrar esa deuda, ya que se trata de mucho dinero. Para hacerla efectiva, primero se embarga su nómina o pensión, después sus cuentas bancarias y finalmente los inmuebles de los que sea propietario, en ese orden. Contratad un abogado que os asesore e indique la mejor forma de proceder. Un saludo,
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com
Respuesta #2
Respuesta del despacho CATALA ADVOCATS
calle Bailèn 141, escalera derecha, entresuelo 5 - 08037 Barcelona (Barcelona)
Chantal Catalá Comas
viernes 29/01/2016 a las 12:19
Buenos días

Si el deudor tiene patrimonio, debe demandarle para cobrar. Probablemente le hará un favor ya que será la manera de que su amigo obtenga algún rendimiento del piso. Lo normal es que primero le embarguen las cuentas y el sueldo, pero si no es suficiente, pueden embargarle el piso y si la ex pareja no se lo queda, se lo podrían llegar a quedar ustedes.
Sin embargo, hay un problema. En Cataluña la prescripción de las acciones de reclamación de deudas es de diez años (o tres según los pagos). Convendría poder acreditar que antes del transcurso de los diez años, ustedes se lo reclamaron. Si no lo hicieron, deberán conseguir que él reconozca la deuda. Aprovechen si hay buena relación, para evitar que alegue prescripción.
Saludos
Chantal Catalá
CATALA ADVOCATS
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