Pensión alimenticia, mayoría de edad, en la provincia de Madrid (28230)

Buenos días. Quisiera saber si al cumplir mi hija 18 años puedo ingrensarle la pensión alimenticia a ella directamente en lugar de a su madre, como he hecho hasta ahora.

14/03/2014 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Manutención, Menores
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Respuestas a la consulta: pensión alimenticia, mayoría de edad

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Respuesta #1
Respuesta del despacho VELA ABOGADOS
C/ Londres, 39, 1-C - 28028 Madrid (Madrid)
Cristina Iñigo Vela
viernes 14/03/2014 a las 20:12
Buenas tardes Óscar. No, no lo hagas. Debes seguir ingresando la pensión alimenticia de tu hija en la cuenta que se designó judicialmente para ello. Salvo que sea modificada en procedimiento judicial, por tu cuenta no puedes cambiarla. Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros.
Recibe un cordial saludo.
Respuesta #2
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
domingo 16/03/2014 a las 08:05
No, nunca. La pensión la debe seguir administrando la madre, y si la paga a la hija puede ser usted demandando.
Respuesta #3
Respuesta de Enrique González León
28002 Madrid (Madrid)
Enrique González León
domingo 16/03/2014 a las 11:43
Buenos días:

Lo lógico es que la siga ingresando a la madre y si Vd quiere ingresarla en una cuenta de su hija por tener 18 años, si está conforme la madre póngalo en conocimiento del Juzgado. Sino hay acuerdo, manifiéstelo ante el Juzgado.

Un saludo
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