Ocupacion de una zona comun sin tener propiadad de la misma, en la provincia de Barcelona (08905)

Hola quisiera saber o tener información de lo que podemos hacer con respecto a una parte de la zona comunitaria del edificio que habitamos que el constructor por su cuenta y riesgo apénelo y construyo una especie de reservado que viene utilizando como oficina o otras actividades y que esta en la zona común que existe entre los dos edificios que conforman esta comunidad de vecinos y que a su vez albergan dos viviendas de portería de cada escalera de edificio .

11/05/2014 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Comunidad de propietarios, Acciones legales, Vivienda
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Respuestas a la consulta: ocupacion de una zona comun sin tener propiadad de la misma

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Respuesta #1
Respuesta del despacho DISTRITO LEGAL
SANTS 75 PRINCIPAL SEGUNDA - 08014 BARCELONA (Barcelona)
ADOLFO gallego garcia
lunes 12/05/2014 a las 09:25
Buenos días, lo primero es comprobar las escrituras de división horizontal para comprobar si existe alguna reserva o derecho de uso a favor del constructor. si no fuera así habría que requerirle para desalojar el espacio y si no accede demandarlo.

para mayor información consulte con nosotros a través de nuestra web www.distritolegal.com

un cordial saludo
Respuesta #2
Respuesta de Beatriz Carando Vicente
calle gelaber, 28 - 08029 Barcelona (Barcelona)
Beatriz Carando Vicente
lunes 12/05/2014 a las 09:35
Buenos días! como primera medida es comprobar realmente si en la escritura de división de propiedad horizontal la zona en la quehan construído es comunitaria o privativa. En caso de ser comunitaria se tendrías que solicitar el derribo de dicha construcción.

Para un mayor asesoramiento al respecto puede contactar conmigo al 93.458.33.81

un saludo,
Respuesta #3
Respuesta de Cristina Montijano
Casp, 31, 3º 2ª A - 08010 Barcelona (Barcelona)
Cristina Montijano Pérez
martes 13/05/2014 a las 08:42
Coincido con los otros compañeros: primero comprobar si el ocupante tiene algún derecho . Si no lo tiene, requerirle para el desalojo y demolición, a su cuenta y, si no lo hace, demandarle. Todo este proceso necesita de un acuerdo previo en Junta de Propietarios, por lo que les aconsejo que contraten un abogado para hacerlo bien, desde el principio. Un saludo,
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com
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