No hay testamento., en la provincia de Sevilla (41870)

Que tengo que hacer para aceptar la herencia de mi madre.Mi madre fallecio y no dejo testamento,no se que hacer para saber que me pertenece,tengo tres hermanos y mi padre vive,

13/11/2014 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Herencia, Testamento, Familia
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Respuestas a la consulta: No hay testamento.

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Respuesta #1
Respuesta del despacho ARALIA ABOGADAS
C/ Manuel de Falla nº 53 bajo - 41089 Dos Hermanas (Sevilla)
Contiene presupuesto
Nieves Pascual García
jueves 13/11/2014 a las 16:59
Buenas tardes,

En primer lugar, es importante conocer con exactitud los bienes de los que era titular su madre, así como las deudas que pudieran existir, si las hubiera.

Por otro lado, se tendría que delimitar los intereses de cada uno de sus hermanos, de su padre y los suyos propios, para de esa manera plantear adecuadamente, en su caso, la oportuna partición hereditaria.

Es por lo que es fundamental que nos facilite sus datos personales a través de esta misma web, a fin de concertar una cita y poder asesorarle con éxito.
Usuario_2811
viernes 14/11/2014 a las 14:22
Gracias por atender mi consulta.Un saludo.
Respuesta #2
Respuesta del despacho Talavera Saldaña Abogados
Fernando IV 8, local - 41011 Sevilla (Sevilla)
Germán Saldaña Espejo
jueves 13/11/2014 a las 19:06
Tendrán que acudir a una Notaría a realizar un trámite denominado declaración de herederos, para lo cual precisarán de un certificado de defunción y otro del Registro de Actos de Última Voluntad. Una vez tramitado esto, habrá que acreditar ante la Notaría los bienes de los que era titular su madre con documentos tales como escrituras de pisos o casas, certificados bancarios de depósitos, valores, etc. y cuando se tenga todo ya se podría hacer la partición con arreglo a las normas que la ley establece para estos casos, conforme a las cuales a su padre le corresponderá el usufructo de una parte de la herencia, aunque este usufructo se podría valorar y adjudicarle su valor en pleno dominio, pero esto ya serían opciones a valorar una vez estudiado el caso en profundidad y conocidas sus preferencias. Lo que no deben olvidar es que en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento de su madre han de liquidar ante Hacienda el Impuesto de Sucesiones hagan o no la partición. Un saludo.
Usuario_2811
viernes 14/11/2014 a las 14:23
Gracias por atender mi consulta.Un saludo.
Respuesta #3
Respuesta del despacho AMF Abogados
Avenida de San Francisco Javier núm. 9 planta 3 modulo 6 - 41018 Sevilla (Sevilla)
jose Avila Rios
viernes 14/11/2014 a las 10:55
Buenos días, lo primero que tendrías que hacer es ponerte en contacto con algún despacho de abogados que te dirijamos las actuaciones, y hagamos las particiones para informarte de los bienes que te correspondería.
Lo primero tendrías que pasar por la Plaza de España y pedir una certificación del Registro de Últimas Voluntades en el que conste que si existe o no testamento, ya que si hay testamento las cantidades pueden variar.
Tras eso tendrías que pasarte por nuestro despacho con las propiedades, saldos de las cuentas y deudas existentes, con lo que haríamos los cálculos de lo que os correspondería.

Saludos.
Usuario_2811
viernes 14/11/2014 a las 14:24
Gracias por atender mi consulta.Un saludo.
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