Ley sobre PPP y de servicios, en la provincia de Barcelona (08100)
Hola, tengo una consulta sobre la ley de los los perros de servicios, tengo un perro que esta considerado PPP "PitBull" pero que le saque en Castellon el certificado de perro de servicios, por méritos propios, al mudarme a Barcelona me encuentro con que la ley de Cataluña no acepta a los PPP como perros de servicios, están excluidos, yo al perro lo tengo censado en Barcelona ya que por ley es obligatorio censar dichos perros, las consultas son varias.
1º que prevalece la ley española o la de Cataluña?
2º si el perro es para terapia y servicios para diabetos, no puede ejercer por ser PPP en Cataluña?
3º si estuviera censado fuera de esta comunidad autónoma "Cataluña", tendría que ser admitido como perro de servicios?
Ejp. si alguien con un PitBull certificado para servicio de avisos para diabetos viene de vacaciones a Barcelona no puede ejercer su derecho de que acepten al perro en lugares como hoteles y sitios públicos?
Gracia de antemano y como pueden imaginar mi frustración ante semejante discriminación, ya que educar un perro para este menester tiene una dedicación y coste importante como para echarlo todo por la borda, este o no considerado PPP, no es una discriminación social ?? si el perro ya ha demostrado su valía, dedicación y esta certificado para dicho cometido, puede ser que en Cataluña no me lo acepten??, incluso me he planteado mudarme de Barcelona.
Real decrreto 287/2002 de 22 Marzo ley española.
Boe Jueves 24 de diciembre de 2009 ley autonómica de Cataluña.