Jordi Vegueria Ocáriz

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Soy abogado autónomo especializado en derecho civil - mercantil, e inmobiliario; mi mayor pasión es dar una respuesta concisa a los problemas que se plantean, y allanar el camino para lograr nuestros objetivos, con frecuencia interrumpidos por problemas legales. Como hobby, soy un amante de la filosofía que me ayuda a abordar los problemas con una visión integral.

Si lo prefieres, puedes contactar de forma privada para realizar una consulta, solicitar un presupuesto o pedir cita previa con Jordi Vegueria Ocáriz.

Profesionales de Jordi Vegueria Ocáriz

Especialista en:
Mercantil, Civil

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Últimas respuestas de Jordi Vegueria Ocáriz

Publicada el 21/06/2024 en la provincia de Madrid sobre Derecho Civil
En septiembre de el año pasado quise empezar a estudiar un Técnico superior con CEAC, estudie durante 4 meses en los cuales realicé 1 prueba, luego no pude seguir estudiando...
Respuesta en iasesorate.com de Jordi Vegueria Ocáriz
Jordi Vegueria Ocáriz
martes 25/06/2024 a las 18:10
Buenas tardes,

Según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), el derecho de desistimiento en los contratos a distancia o celebrados fuera del establecimiento comercial es de 14 días naturales sin necesidad de justificación (artículo 102). Este derecho le fue comunicado adecuadamente, y al haber transcurrido el plazo, en principio, no podría ejercerlo.

En los contratos de prestación de servicios, el proveedor está obligado a cumplir con las condiciones estipuladas en el contrato, y el consumidor debe pagar el precio acordado. No obstante, la situación cambia si el servicio no se presta de acuerdo con lo pactado.

Dado que usted no ha podido utilizar el servicio por razones laborales, podría alegarse una imposibilidad sobrevenida de uso, aunque no imputable a CEAC. Sin embargo, esto suele estar regulado en el contrato bajo términos específicos.

Si el contrato no contempla la posibilidad de desistimiento fuera del periodo legal de 14 días, puede revisarse si CEAC ha incumplido alguna de las condiciones estipuladas, lo cual podría darle derecho a resolver el contrato. Necesitaríamos analizar el contrato en detalle para identificar posibles incumplimientos.


Según el artículo 1258 del Código Civil, los contratos deben ejecutarse de buena fe. Si las cláusulas del contrato son excesivamente gravosas o abusivas, podría solicitarse su revisión. Las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho (artículo 83 del Real Decreto Legislativo 1/2007).

No obstante, hay varios puntos que tendríamos que concretar y clarificar para darle una respuesta más precisa por lo que creemos que es necesario explorar su asunto más a fondo para abordarlo de forma integral y poner solución.

Nosotros le podemos seguir ayudando. Puede exponer su caso detalladamente en el siguiente enlace indicando el siguiente número de referencia: 09250624:

https://lexiterabogadosonline.com/foro-consultas/


Saludos cordiales,
LEXITER ABOGADOS ONLINE

Publicada el 11/03/2020 en la provincia de Madrid sobre Derecho Civil
Hola. Quisiera saber si puedo denunciar a mi marido por insultarme, por violencia psicológica? Siempre cuando se enfada me insulta, lo hace delante de los niños, No hay maltrato físico,...
Respuesta en iasesorate.com de Jordi Vegueria Ocáriz
Jordi Vegueria Ocáriz
miércoles 11/03/2020 a las 13:25
Hola, lo primero y más importante antes de formalizar un divorcio (algo que puede llevar tiempo, sobretodo con hijos menores), si te sientes amenazada debes denunciarlo lo antes posible en el 016. Una vez hecha la denuncia, si la convivencia sigue siendo difícil, puedes separarte o divorciarte.

Publicada el 14/11/2019 en la provincia de Barcelona sobre Derecho Civil
Buenas tardes, este lunes mi pareja y yo pagamos una reserva de un piso que se anunciaba por 68 metros cuadrados, aunque nos dijeron que útiles eran 58. Hacemos la...
Respuesta en iasesorate.com de Jordi Vegueria Ocáriz
Jordi Vegueria Ocáriz
viernes 15/11/2019 a las 12:06
Buenos días,

Estás en pleno derecho de reclamar la devolución de la reserva al haberla entregado en concepto de algo distinto a lo que te iban a entregar. No obstante, para mayor acierto en la reclamación, te recomendamos que nos hagas llegar el documento de depósito y/o contrato de arras si se llegó a firmar, a fin de comprobar su redactado en estos términos.

Nuestro despacho está especializado en derecho inmobiliario y estaremos encantados de ayudarte.


Saludos cordiales,

Jordi
626940516
Publicada el 12/11/2019 en la provincia de Vizcaya sobre Derecho Civil
En un divorcio en Bizkaia, donde sólo hay en común la vivienda, y no llegamos a un acuerdo ( una parte solo quiere vender, la otra quiere vender pero si...
Respuesta en iasesorate.com de Jordi Vegueria Ocáriz
Jordi Vegueria Ocáriz
martes 12/11/2019 a las 18:29
Hola, su cuestión plantea el ejercicio de un acción de división de cosa común y una demanda de divorcio en el que hay varios aspectos a considerar; puede contactar conmigo directamente para ver los detalles; le hago un presupuesto por su consulta de 30 euros.

Puede contactarme en el 626940516.


Saludos cordiales,

Jordi