¿Ir al juzgado es aceptar tácitamente una herencia yacente?, en la provincia de Valencia (46007)
Hay una piso que pertenecía a mis abuelos, que murieron sin testar. Ahora el resto de propietarios de la finca (abandonada), al parecer, quieren remodelar la fachada y temo que los gastos de la remodelación no los cubra el piso, salga a subasta y el remanente que reste por pagar le sea embargado a mi madre.
Nos han aconsejado por tanto que mi madre renuncie a la herencia yacente de su padre (ya que de su madre no tiene derecho a heredar porque era madastra) pero nos han dicho también que si se convoca una junta de propietarios psra la remodelación y asistimos, podríamos estar aceptando tácitamente. ¿Es así?
También el abogado de los otros propietarios nos ha dicho que nos llegará una demanda del juzgado contra mis abuelos (fallecidos) como propietarios registrales del piso, para que un arquitecto lueda entrar a valorar la finca (que como digo está abandonada por todos los propietarios)
Si nos llega un requerimiento para ir al juzgado, ¿estaríamos aceptando tácitamente la herencia?