INQUILINO EXIGE AIRE ACONDICIONADO EN MI LOCAL, en la provincia de Málaga (29013)
BUENOS DIAS DESDE MALAGA:
Tengo un local comercial que alquile el dia 1 de marzo y pone en contrato las siguientes clausulas:
*Cedo en arrendamiento a Don.. que acepta el local designado en el estado que se encuentra actualmente y que la parte arrendataria es sabedora , conoce y acepta plenamente su estado físico, administrativo y jurídico, cuya extensión, circunstancias, características, usos y servicios comunes y privativos conoce como cuerpo cierto y acepta, la cual declara recibir la expresada finca en perfectas condiciones.
**La parte arrendataria reconoce que recibe el inmueble objeto de este contrato en perfecto estado y a su entera satisfacción, conociendo perfectamente el estado actual del inmueble que arrienda y las instalaciones que dispone, el cual se halla al completo de puertas con sus respectivos candados, toldos, 2 luminosos, así como la instalación eléctrica, fontanería, cristales, instalación y equipo de aire acondicionado y otros elementos arquitectónicos.
En su consecuencia, la parte arrendataria se obliga a mantener en buen estado de uso y conservación el inmueble arrendado y todas sus instalaciones existentes, debiendo realizar por su cuenta y su cargo, todas las obras necesarias de reparación, conservación y reposición de todos los elementos arrendados, tales como pintura, instalaciones eléctricas, fontanería en general, toldos, puertas, techos, cristales y otros. Todos cuyos elementos deberán ser entregados a la propietaria a la finalización del arrendamiento del local en perfecto estado, salvo el desgaste normal producido por su uso.
*** Queda autorizada la parte arrendataria, para realizar en el bien de objeto de arriendo, las obras de adaptación del local a la actividad que se va a desarrollar a su cargo,sin que las mismas puedan afectar a la estructura del edificio,modificar su forma,y configuración exterior o disminuir la seguridad del mismo,si bien las mismas se efectuaran en el plazo máximo de 2 meses a partir de hoy. Dichas obras serán por cuenta exclusiva de la parte arrendataria, y quedaran obligatoriamente en beneficio de la parte arrendadora a la finalización del contrato, sin que haya lugar a indemnización o compensación alguna.
Pues bien, dicho esto, solicito vuestra AYUDA URGENTE ya que el inquilino lleva como un mes EXIGIENDOME QUE LE COMPRE UN EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO NUEVO, ya que el que se encuentra en el local se encuentra antiguo y no funciona.Como el local siempre se ha destinado a BAR, jamas me han pedido anteriormente los inquilinos que le pusiera aire acondicionado ya que tiene que permanecer con las puertas abiertas durante su jornada laboral. He intentado ayudarlo diciendo que a ver si encuentro una maquina acorde con la instalación, pero el mas económico que encontré son casi 3000€, motivo por el cual NO PUEDO PONERLO NI COMPRARLO, pues le rebaje el alquiler para alquilar el local rápidamente.
Mi pregunta a vuestra comunidad es: ESTOY OBLIGADA A COMPRARLE EL EQUIPO DE AIRE ACONDICION