INQUILINA QUE NO PAGA Y SE VA DEL PISO, en la provincia de Valladolid (47008)

Mi inquilina lleva 4 años en el piso, me debe unas facturas de gas atrasadas (dijo que me iba pagando poco a poco, pero solo ha pagado 150€. Además se le han juntado unos recibos de luz y los impuestos de basuras del año pasado y de éste.
Tampoco ha cambiado los suministros de la casa a su nombre a pesar de pedírselo un montón de veces. Se ha cambiado de compañía de luz. ¿Tiene que volver a poner la luz en la compañía con la que yo estaba?
El 20 de julio me dijo que le bajara el alquiler del piso, un 20% del precio o se iba. Yo le comente que era mucho y que lo tenía que consultar. Además aún no me había pagado el mes de julio. Dice que su jefe no la paga. (A pagado el 31 de julio). El 23 de julio de enviamos un burofax recordándole la deuda pendiente y recordándole la subida del IPC que no se lo hemos subido en éstos 4 años.
Después de consultarlo, hemos decidido bajarle el alquiler un 12% pero a condición de que se comprometa a pagar la deuda en 9 meses. Nos contestó que la pagaría cuando pudiera, pero que no se comprometía ni firmaba nada.
Al final ayer nos dice por teléfono que deja el piso a finales de mes, porque ha encontrado otro y vuelve a repetir lo mismo, que pagará cuando pueda. Además dice que el mes de agosto nos lo cobremos de la fianza.
Claro está que el recibo de este mes de gas, de luz y el trimestre del agua no los va a pagar.
Tiene un avalista solidario.
¿Se puede ir de la casa y dejar todo sin pagar?, ¿Se lo podemos reclamar al avalista, una vez que nos entregue las llaves?
En el contrato pone que el avalista solidario si no paga se hará responsable él. Y que será avalista hasta que finalice el contrato.
¿Tenemos que firmar una entrega de llaves y restricción de contrato? Me han comentado que no, que tengo que firmar la entrega de llaves pero haciendo constar que existe una deuda pendiente. Seguro que mi inquilina no quiere firmar nada que le haga reconocer la deuda.
¿Si mientras se está entregando las llaves y viendo el piso se puede proceder a cambiar la cerradura? ¿Y si después no firma y ya hemos cambiado la cerradura que pasa?
¿Se les puede reclamar el incumplimiento de contrato? El 15 de junio se renovó automáticamente por otro año.
Reciban un cordial saludo

8/08/2014 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Contrato de alquiler, Administradores de fincas, Acciones legales, Impagado, Abogado
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Respuestas a la consulta: INQUILINA QUE NO PAGA Y SE VA DEL PISO

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "INQUILINA QUE NO PAGA Y SE VA DEL PISO".
Respuesta #1
Respuesta del despacho Monclús & Busto-Landín Abogados
Calle Constitución, 5, 3e. Valladolid - 47001 Valladolid (Valladolid)
Contiene presupuesto
Juan Pablo Busto Landin
viernes 8/08/2014 a las 14:11
Buenos dias, la consulta que realiza va mucho mas allá de un asesoramiento inicial gratuito, por lo que le recomiendo es que pida cita con un abogado. En este sentido estamos a su disposición.

La mayor parte de las preguntas que hace dependerán de lo que hayan pactado en el contrato, por lo que para poder contestarle habría que examinarlo.

En cualquier caso, con respecto a las preguntas que realiza lo que está claro es que podrá ir contra el Avalista solidario por el total de la deuda, no se puede decir que se cobre con la fianza, ya que la fianza tiene otro destino por Ley, y no es el impago de rentas. El avalista lo será hasta la liquidación del contrato, y el hecho de que se vaya y finalice el contrato no quiere decir que se haya liquidado, por lo que constante la liquidación, seguirá vigente el deber del avalista.

Ademas por lo que dicen el contrato se renovó (habrá que leer lo que pone) asi que tal vez se haya pactado una indemnización, a reclamar al inquilino o a su avalista.

Como le digo, lo mejor es que se reúna con un Abogado en consulta y le resuelva todas estas dudas.

Un saludo
Respuesta #2
Respuesta del despacho VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores
C/ Duque de la Victoria, 13 - 2º B - 47001 Valladolid (Valladolid)
Contiene presupuesto
Juan Vicente de Pedro
viernes 8/08/2014 a las 20:01
Buenas tardes,

Como bien le dice el compañero, lo más importante en estos casos es lo que dice el contrato, tanto para poder saber todos los conceptos reclamables como para averiguar hasta qué punto responde el avalista solidario.
En principio, usted sí podrá dirigirse contra el avalista solidario, pero es importante que antes de interponer demanda, se le requiera al pago al fiador y se le dé plazo para efectuar dicho pago (art. 438.3.3 LEC).

Si lo desea, puede concertar una cita con nosotros en nuestras oficinas de Valladolid y estaremos encantados de responder a sus preguntas y, si lo desea, iniciar las acciones legales para recuperar las cantidades debidas.

Reciba un cordial saludo,
Juan Vicente

Vicente & Matanza Asesores y Consultores
C/ Constitución 5, 2º C (47001) Valladolid
983082609 / 618518576
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
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