IMPUESTO DE SUCESIONES, en la provincia de Madrid (28300)

Mi pregunta es la siguiente. Mi padre se caso de segundas con una señora y esta al fallecer dejo en testamento el tercio de libre disposición a mi padre, los hijos de ella han estado dilatando el reparto de la herencia de manera que mi padre ha fallecido, ya hemos hecho la partición de la herencia y mis dudas son las siguientes
1º Yo heredo de mi padre o heredo de la mujer de mi padre
2º Si heredo de la mujer de mi padre el impuesto de sucesiones le debo liquidar por el Grupo III como descendiente por afinidad o por el Grupo IV como extraño.
MUCHAS GRACIAS

6/11/2015 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Impuesto de sucesiones, Herencia, Testamento, Acciones legales, Matrimonio
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Respuestas a la consulta: IMPUESTO DE SUCESIONES

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Respuesta #1
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
viernes 6/11/2015 a las 21:22
Gracias por su consulta. EN principio y por lo que dice habría 2 sucesiones. No obstante sería necesario analizar todo. Tipo de bienes que tiene, Comunidad autónoma etc. Si lo desea puede llamarnos para ampliar información. Www.ldcabogados.com. 91.151.71.13. Un saludo. Manuel Larrotcha
Respuesta #2
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
viernes 6/11/2015 a las 22:47
Buenas noches.
En principio si ya han hecho la partición, el notario les habrá explicado como ha sido la herencia.
En cualquier caso, y por si no lo han hecho todavía, le comento, que al fallecer la esposa de su padre, el tercio de libre disposición que le dejo, ya lo ha heredado su padre, ya que la herencia se retrotrae al momento del fallecimiento, y usted hereda a su padre, pues no es heredera de la mujer de su padre.
Por ello, usted pagará la herencia solo por lo que herede de su padre, que consistirá en todos los bienes que él tenía y el tercio que heredó de su esposa, por lo que el pago del impuesto es como hija, por lo que habrá que ver cual era el domicilio de su padre en el momento del fallecimiento, ya que el impuesto de sucesiones esta delegado en las comunidades autónomas, estando en algunas bonificados, y en otras no.
Por ejemplo en Madrid, las herencias de padre a hijos esta bonificada al 99 por 100.
Si desea cualquier aclaración pongase en contacto con el despacho en el teléfono 915343572, ya que he sido oficial de notaria durante más de 40 años, y las herencias han sido siempre un tema manejado a diario.
Un cordial saludo
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