IMPUESTO DE SUCESIONES, en la provincia de Madrid (28300)
Mi pregunta es la siguiente. Mi padre se caso de segundas con una señora y esta al fallecer dejo en testamento el tercio de libre disposición a mi padre, los hijos de ella han estado dilatando el reparto de la herencia de manera que mi padre ha fallecido, ya hemos hecho la partición de la herencia y mis dudas son las siguientes
1º Yo heredo de mi padre o heredo de la mujer de mi padre
2º Si heredo de la mujer de mi padre el impuesto de sucesiones le debo liquidar por el Grupo III como descendiente por afinidad o por el Grupo IV como extraño.
MUCHAS GRACIAS