Heredar piso. 2 hermanos con muchas deudas., en la provincia de Madrid (28009)

Mi suegro va a fallecer y sus 2 hijos heredarán la casa pero tienen muchísimas deudas. Que se puede hacer para que en el momento de heredar no se lancen como alimañas a por la casa los adeudados? La casa será 50% a cada uno. Pueden donar la casa?

16/08/2015 6 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Herencia, Deuda, Donación, Adeudados
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Respuestas a la consulta: Heredar piso. 2 hermanos con muchas deudas.

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Respuesta #1
Respuesta de López-Mingo
Alcántara 59 - 28006 Madrid (Madrid)
Jesús Ataúlfo López-Mingo Tolmo
domingo 16/08/2015 a las 12:56
¡A quién se le ocurre hacer esta pregunta a través de internet!. Se puede solucionar el asunto, pero aquí no hay espacio suficiente para relacionar los pasos que se han de dar.
Este consultorio se ha diseñado para prestar asesoramiento jurídico gratuíto a cuestiones sencillas.
Respuesta #2
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
domingo 16/08/2015 a las 13:12
Buenos días.
Existen soluciones para su consulta, pero debería realizarse de forma personal.
Si desea cualquier aclaración, pongase en contacto con el despacho, en el teléfono 915343572
Un cordial saludo
Respuesta #3
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
domingo 16/08/2015 a las 19:59
Muchas gracias por su consulta. Para poder responderle de forma adecuada sería preciso poder comentar con los herederos los detalles del caso que nos plantea. Si lo desea puede concertar una cita con nosotros y le comentaremos su caso y facilitaremos un presupuesto sin compromiso.
www.ldcabogados.com
Manuel Larrotcha 91.151.71.13
Respuesta #4
Respuesta del despacho Bernal Abogados
Avenida del Manzanares, 14 - 28011 Madrid (Madrid)
Felix Bernal
lunes 17/08/2015 a las 11:38
Como ya le han dicho mas arriba otros compañeros, hay soluciones posibles, pero este no es lugar apropiado para exponerlas.

Lo idóneo es que acudir presentcialmente a un despacho de abogados donde puedan valorar todas las circunstancias existentes, situación de los futuros herederos, testamento, situacion actual de su suegro, etc...

Desde nuestro despacho, si lo desea nos ponemos a su disposición para poder valorar la situación y encontrar la solución mas acorde a los intereses de su suegro y sus hijos.

Bernal Abogados
www.bernalabogados.com
629242849
Respuesta #5
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
lunes 17/08/2015 a las 11:45
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
Respuesta #6
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
lunes 17/08/2015 a las 12:18
Pueden repudiar la herencia si las deudas superan el valor del bien. Si donan la casa pueden ser acusados de alzamiento de bienes.
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
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