Extincion de condominio de un piso, en la provincia de Madrid (28022)
En octubre del 2015, mi pareja y yo, compramos un piso al 50% mediante pago aplazado. El piso nos lo vendió los hermanos de una mujer que falleció soltera, pero a la hora de hacer la compra venta no explicaron que según la ley, ante la posibilidad que aparezca un heredero, debíamos esperar dos años a la compra. Como opción para solucionar esto, hicimos una compraventa con paga aplazado en el cuál, durante esos dos años, pagaríamos una mensualidad, consensuada con los vendedores, y cuyo valor se descontaría del precio del piso. De alguna manera, lo que hemos hecho es reservar el piso.
En la actualidad, me voy a separar de mi pareja y ninguno de los dos se quiere quedar con el psio. Por tanto, quería saber que debo hacer, es decir, sé que si ninguno de los dos se hace cargo del piso, este pasará de nuevo a los vendedores, pero quiero saber que paso y gastos me supondría hacerlo y a quien o qué organismo tengo que dirigir para hacerlo.
Gracias.