Es abuso del inquilino?, en la provincia de Sevilla (41020)

Hola, mi inquilina ha comprado un colchon alegando que le duele la espalda con el que tenia( tiene menos de diez años) me va a descontar el importe( 259€) de la renta...es legal esto?
Muchas gracias de antemano,

8/02/2014 4 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Contrato de alquiler, Acciones legales
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Respuestas a la consulta: Es abuso del inquilino?

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Respuesta #1
Respuesta de Lorena Arias Hidalgo
21005 Huelva (Huelva)
Lorena Arias Hidalgo
sábado 8/02/2014 a las 22:11
Buenas noches. La Ley de Arrendamientos Urbanos dispone: "Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario." Ahora bien, como todo en Derecho, tiene sus matizaciones. ¿Qué se entiende por "pequeña reparación"? ¿El desgaste es por el uso del inquilino o ya estaba desgastado el objeto en cuestión? A falta de pacto entre las partes, habría que acudir a la decisión judicial. En el contrato de arrendamiento se suele estipular que el arrendatario acepta y está conforme con los enseres y mobiliario del inmueble. Sin embargo, supongamos que el arrendatario lleva poco tiempo en la vivienda, es decir, no ha usado lo suficiente el colchón, lo que provocaría que el desgaste no le fuese imputable, y por ende, debe hacerse cargo del precio el arrendador. Cuestión distinta sería si se prueba que el desgaste ha sido por un mal uso por la parte arrendataria, entonces, ésta debe pagar por ello. Por oto lado, siempre que se trate de un buen inquilino, piense si le merece la pena discutir por esto, pues siempre es mejor tener contento al arrendatario si es de los que cumplen con sus obligaciones. Quedo a su disposición mediante el teléfono de contacto 678.04.50.66. Un cordial saludo.
Respuesta #2
Respuesta del despacho El Albero Abogados
Ronda de Buenavista, 4 - 45005 Toledo (Toledo)
Roberto Villar López
domingo 9/02/2014 a las 09:59
Estimado cliente:
En relación con su consulta y según el relato de los hechos, entiendo que la inquilina puede perfectamente comprarse un nuevo colchón pero debe ser a cargo suyo y no a cargo del arrendador. Evidentemente, cuando abandone el piso ha de llevarselo.
Estoy a su entera disposición para cualquier aclaración o ampliación de la consulta. Asimismo, puede ponerse en contacto conmigo por si decide, sin compromiso alguno, exponerme su caso.
Respuesta #3
Respuesta del despacho Talavera Saldaña Abogados
Fernando IV 8, local - 41011 Sevilla (Sevilla)
Germán Saldaña Espejo
domingo 9/02/2014 a las 13:44
Estoy de acuerdo con mi compañero Roberto Villar. Si usted puede probar que el colchón lo compró hace tan solo 10 meses, ese tiempo no es suficiente como para que se desgaste por un uso normal, por lo que si la inquilina quiere otro distinto, podrá comprarlo si quiere, pero a costa de ella. Si lo desea, estoy a su disposición para lo que necesite.
Respuesta #4
Respuesta del despacho Joaquín Lara y Asociados
C/ CAÑOS DE CARMONA, 9 - 1º A - 41003 SEVILLA (Sevilla)
Joaquín Lara y Asociados
domingo 9/02/2014 a las 20:51
Buenas tardes
En respuesta a su consulta, y por los datos facilitados, en principio considero que no procede que el coste por la adquisición del colchón en cuestión, corresponda abonarlo al arrendador. De todos modos sería conveniente analizar su contrato de arrendamiento y las características del colchón sustituido. Joaquín Lara - Abogados - Tlfno. 625 355 785
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