Duda sobre separación de bienes, en la provincia de Madrid (28038)

Durante mi matrimonio,el único ingreso que entraba era el mio,y mis suegros nos ingresaban dinero,o nos hacían trasferencias monetarias a nuestra cuenta comun,ahora en la repartición de bienes,quieren que se lo devuelva.
Pueden exigirlo?
Tengo que devolverselo?

15/06/2015 4 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Separación de bienes, Acciones legales, Matrimonio
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Respuestas a la consulta: Duda sobre separación de bienes

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Respuesta #1
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
lunes 15/06/2015 a las 21:01
Buenas tardes.
Para poder contestarle es necesario saber en concepto de que, l e ingresaban ese dinero sus suegros, ya que, podría entenderse que es un regalo a los cónyuges, puesto que en caso de que fuera en concepto de donación a su esposa, habría que devolverle dicha cantidad.
También podria interpretarse como un préstamo, en cuyo caso la deudora seria la sociedad de gananciales.
Pero, insisto, para poder asesorarle debidamente necesitaría mantener una reunión en la que aclarásemos todos los conceptos.
Si quiere cualquier aclaración o contar con nuestros servicios pongase en contacto con el despacho, en el teléfono 915343572.
Un cordial saludo
Respuesta #2
Respuesta del despacho Abogados Ortega y Gasset
C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha - 28006 Madrid (Madrid)
Cristina Amor Barrado
martes 16/06/2015 a las 10:40
Buenos días,

Habria que saber cual era el concepto en el cual se basaban para ingresar dinero sus suegros, si se los hacían al matrimonio, a su esposa como un regalo, como una donación o un préstamo. Dependiendo del tipo que sea caben distintas posibilidades, si es un regalo no tienen nada que reclamar; si es una donación ya sea al matrimonio no hay nada que hacer pero si es a su esposa le correspondería a ella; y si es un préstamo también tendrían que devolverlo pero tiene que ser la sociedad de gananciales.

Por si necesita cualquier aclaración puede contactar con nuestro despacho. Le remito mis datos:
Cristina Amor Barrado.
Tel: 634742711.

Un saludo.
Respuesta #3
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
martes 16/06/2015 a las 11:29
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
Respuesta #4
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
martes 16/06/2015 a las 20:16
La donación habría que demostrarla, por lo que se supondría un préstamo, que si se enviaba a una cuenta común habría que devolver por mitades. Si se pudiera acreditar que fue una liberalidad (regalo o donación) no habría que devolver esas cantidades.
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