Divorcio y vivienda, en la provincia de Navarra (31013)

Buenas noches,
Me llamo Edorta y actualmente estamos iniciando un proceso de separacion. He resumido el asunto en cuestion ya que no nos ponemos de acuerdo en el tema economico ya que mi pareja dice que los bienes son siempre gananciales (incluyendo lo que cada uno tiene o adquirio antes de casarse) y yo apoyandome en la Ley 1/1973, de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra defiendo que sea reconocido mi derecho a la parte proporcional de lo aportado y no al 50%.Mas concretamente en la Ley 83. Bienes privativos.  Que dice lo siguiente, Son bienes privativos de cada cónyuge: 

1. Los excluidos de las conquistas en virtud de pactos o disposiciones.

2. Los que a un cónyuge provengan de título oneroso anterior al matrimonio, aunque durante éste tenga lugar la adquisición o aun cuando el precio o contraprestación fuere satisfecho, total o parcialmente, con fondos del otro cónyuge o de la sociedad de conquistas. Si se tratara de la vivienda o ajuar familiares, el bien adquirido corresponderá proindiviso a la sociedad de conquistas y al cónyuge en proporción al valor de las aportaciones respectivas.

Os resumo la situacion en cuestion:

--Vivienda anterior en Carretera de Ansoain
A nombre de Edorta Cuesta, comenzó a pagar dicha vivienda en el año 1995, dos años antes de la entrega de las llaves.

El coste total de la vivienda era de 61350€ de los que 40800€ correspondían al préstamo. Previa a la firma del préstamo hipotecario en 1997 Eduardo había pagado 20550€ además de 4386€ del trastero, local este independiente de la vivienda.

El préstamo era para un periodo de 15 años a partir del año 1997. Eduardo e Itziar iniciaron su convivencia económica a mediados del año 2001. Por lo que en lo que respecta a la vivienda, Eduardo Cuesta reconoce que Itziar realizó el mismo esfuerzo económico que Eduardo a partir de ese momento, año 2001.

Se divide el total del préstamo, sin contar los intereses ya que estos están repartidos igualmente a lo largo del periodo de 15 años y da como resultado que en el periodo de 4 años comprendido entre el año 1997 y el 2001 Edorta aportó 10880€ (40800/15=2720 X 4 años) y en el periodo 2001-2011 se aporto el resto por ambos cónyuges al 50%. Es decir, cada uno de los cónyuges aporto 14960€ (40800-10880=29920/2=14960) hasta la venta de la vivienda.

Siendo esto así, podemos afirmar que Edorta Cuesta aporto 46390€ (20550€+10880+14960= del precio de la primera vivienda e Itziar aportó el resto, es decir 14960€ del total de 61350€. Es decir, Edorta aportó el 75,6% de la vivienda e Itziar el 24,4% restante.

 

--Vivienda actual sita en Calle Canteras

Precio total 159595€

Aportado inicialmente 117777€, de los que 102645€ corresponden a lo aportado por la venta a NASUVINSA de la vivienda sita en Carretera de Ansoain, a lo que se añaden los 8500€ que Edorta recibio por la venta del trastero y 6000€ aportados por los padres de Edorta,dinero que a dia de hoy no ha sido abonado.
Gracias por t

Solicita presupuesto 11/04/2019 Sin respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil
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