Derecho sobre una vivienda que no está a mi nombre, en la provincia de Murcia (30169)

Me case en regimen de bienes gananciales, pero la vivienda la habia adquirido mi marido antes y estaba a su nombre, dentro de unos meses finaliza el prestamo hipotecario. Me gustaría saber si es conveniente cambiar la vivienda a nombre de los dos o en caso de separación de que derechos tendría yo si no está a mi nombre.

Solicita presupuesto 15/01/2015 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Régimen de gananciales, Vivienda
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Respuestas a la consulta: derecho sobre una vivienda que no está a mi nombre

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Respuesta #1
Respuesta de MARIA DOLORES LOPEZ ASESORIA JURIDICA
C/vereda 29 bajo - 30152 Murcia (Murcia)
MARIA DOLORES LOPEZ VICENTE
jueves 15/01/2015 a las 14:48
Buenosdias. La decision de ponerla a nombre de ambos es de ustedes. Evidentemente en caso de separacion la casa seguiria a nombre de su marido, en caso de tener hijos si usted no dispusiera de otra vivienda, esa se le podria atribuir para su usp y disfrute mientras sus hijos esten bajo su guarda, pero en ningun caso se le atribuiria la propiedad y enconsecuencia si se vendiera tampoco le correspo.deria dinero alguno.si por elcontrario deciden poner la casa a nombre de los dos, en ese caso si le corresponderia la mitad. No debe preocuparse en caso de separacion, porque si tienen hijos y se le atribuye la custodia, lo normal es que la vivienda familiar la use usted y sus hijos hasta wue estos dejen de depender economicamente de ustedes. Un saludo. Si necesitan asesoramiento en alguna cuestion sobre el matri,onio no dude en po.erse en contacto con migo. mdolores.lopez.v@icamur.org
Respuesta #2
Respuesta de Raquel Sánchez, Abogada
30009 Murcia (Murcia)
Raquel Sánchez Fernández
lunes 19/01/2015 a las 13:51
Estimada consultante,

Cuando se trata de una vivienda privativa adquirida antes del matrimonio, como es su caso, la vivienda es propiedad de su marido antes y después del matrimonio. Es decir, que una vez que se contrae matrimonio en régimen de gananciales la vivienda adquiere el carácter de ganancial, al entender que es la sociedad de gananciales y no, su marido de forma individual, quien está procediendo al pago de la hipoteca. Una vez que se produce el divorcio, la vivienda vuelve a ser propiedad de su marido, pero a usted le corresponde la parte proporcional de la hipoteca que se haya pagado durante el matrimonio. Por lo que, sería indiferente que la vivienda esté a su nombre.
En cuanto al presupuesto solicitado, todo dependerá de los trámites que usted necesite (divorcio, liquidación gananciales, etc). En todo caso, estos honorarios serán pactados de mutuo acuerdo con el cliente, ajustándose a las características de la reclamación y a la situación económica del cliente, pudiendo acordar un pago fraccionado.

Si quiere podría concertar una cita en el email: raquel.sf@hotmail.es Esta primera consulta sería gratuita.

Reciba un cordial saludo,

Raquel Sánchez
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