Derecho de acrecer, en la provincia de Madrid (28009)

Hola. Tengo múltiples procesos judiciales por deudas. Cuando fallezca mi madre heredare una parte de la casa. Somos 5 hermanos. Quiero renunciar completamente a mi parte en favor de una de mis hermanas porque lo necesita. Puede el resto de hermanos renunciar al derecho de acrecer en favor de mi hermana?

18/08/2015 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Herencia, Deuda, Renuncia, Juicio
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Respuestas a la consulta: Derecho de acrecer

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Respuesta #1
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
martes 18/08/2015 a las 11:10
Buenos días.
Usted puede renunciar a una herencia en favor de una de sus hermanas, con lo cual los demás hermanos no podrán reclamar nada.
Pero tiene que tener en cuenta, que la renuncia en favor de una hermana, supone para la hacienda pública, dos conceptos tributarios, uno por la herencia de su madre hacia usted, y otro por la donación de usted a su hermana, y si la herencia, esta bonificada al 99 por 100, la donación no tiene bonificación alguna y además la cuota final hay que multiplicarla por 1,5882.
Además el hecho de que renuncie a la herencia, no quiere decir que sus acreedores no le exijan judicialmente la aceptación de la herencia, para resarcirse de las deudas.
El tema es complicado, por lo que si lo desea pongase en contacto con el despacho, para una entrevista personal, con el fin de aclarar conceptos .
El teléfono es 915343572.
Un cordial saludo
Respuesta #2
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
miércoles 19/08/2015 a las 12:15
Si le deja el bien a su hermana por un lado puede ser acusado de alzamiento de bienes, y tendrá que pagar por la herencia y por la donación.
Si deja el bien a todos sus hermanos, los otros tres podrían donar la parte recibida de usted a la otra hermana, pero seguiría siendo una donación. La renuncia del derecho de acrecer me parece un fraude, pero puede planteárselo al notario y ver qué opina al respecto. Jurídicamente es una solución al tema planteado, pero fiscalmente podría ser considerada una donación encubierta.
Respuesta #3
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
lunes 24/08/2015 a las 18:38
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
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