Custodia compartida, en la provincia de Madrid (28041)

Buenas tardes. Me voy a separar y tengo una niña, quiero saber que tengo que hacer para la custodia compartida? Y a que leyes se rige la custodia compartida. Gracias

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Respuestas a la consulta: Custodia compartida

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "Custodia compartida".
Respuesta #1
Respuesta del despacho VELA ABOGADOS
C/ Londres, 39, 1-C - 28028 Madrid (Madrid)
Cristina Iñigo Vela
martes 9/06/2015 a las 18:15
Buenas tardes:

Soy Cristina Íñigo Vela, titular del Despacho Vela Abogados.
Soy especialista en Derecho de Familia y llevo muchos asuntos sobre custodia compartida.
Si lo desea, puede contactar conmigo y le informaré sobre los pasos a seguir, dándole un presupuesto sin compromiso.
Un cordial saludo.
Cristina I. Vela
683 383 374
Respuesta #2
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
martes 9/06/2015 a las 18:16
Buenas tardes y gracias por su consulta. Por la misma entendemos que desea separación y no divorcio. Lo primero que es necesario es saber si es amistoso o contencioso. Respecto a la custodia es preciso saber si la otra parte está conforme o no, aunque se puede solicitar. Si lo desea puede llamarnos para responder a su caso de forma detallada y facilitarle un presupuesto sin compromiso.

Un saludo,

Manuel Larrotcha
Respuesta #3
Respuesta del despacho Abogados Ortega y Gasset
C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha - 28006 Madrid (Madrid)
Cristina Amor Barrado
martes 9/06/2015 a las 18:53
Buenas tardes. Primero habría que ver si es separación o divorcio puesto que las personas suelen confundirlo. En la separación hay posible reconciliación y se continúa el vínculo matrimonial, mientras que en el divorcio no hay vinculo matrimonial y no cabe la figura de la reconciliación sino que tendrían que volver a casarse.

Después habría que ver si es de mutuo acuerdo o contencioso, donde plantear la patria potestad, la guardia y custodia, la vivienda familiar, la pensión de alimentos, régimen de visitas y demás.

Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en el despacho.

Le remito mis datos:
Cristina Amor Barrado
Telf: 634742711

Un saludo.
Respuesta #4
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
martes 9/06/2015 a las 20:51
Buenas tardes.
Creo que usted lo que quiere es solicitar el divorcio, con lo cual se rompe el vínculo, y podría volver a contraer matrimonio, mientras que en la separaxion, no se rompe el vínculo, por lo que para contraer nuevo matrimonio, tiene después que divorciarse.
Tendría que saber si el divorcio va a ser de mutuo acuerdo o contencioso. El primero es mas sencillo, ya que se formaliza el convenio regulador, y se ratifica ante el juez, no necesitando mas trámites. En el contencioso, las medidas las fija el juez, según los datos que podamos aportar, y que a la vez aporte la parte contraria.
La custodia compartida actualmente se esta concediendo, incluso con niños pequeños.
El divorcio se rige por el código civil, y para presentar la demanda, ya sea contencioso o de mutuo acuerdo, necesita la intervención de abogado y procurador.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios, pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
Respuesta #5
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
miércoles 10/06/2015 a las 10:51
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria, que le diremos cual es y se le dará una solución al problema planteado.
Nuestro despacho es especialista en temas de separaciones y divorcios y custodias de menores.

Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
Respuesta #6
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
miércoles 10/06/2015 a las 17:19
En Madrid no hay una ley específica de custodia compartida. Se basa en el Código Civil y en la interpretación de los tribunales. Si no hay acuerdo entre los progenitores tendrá que obtener un informe favorable del fiscal y del equipo psicosocial del juzgado.
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
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