Contrato de arrendamiento, en la provincia de Salamanca (37001)
Soy propietario de una vivienda con un contrato de arrendamiento de 1963. El antiguo propietario firmó un contrato de arrendamiento en dicho año y la inquilina falleció en el año 1984, año en el que su hija continuó con el contrato de arrendamiento.
Mi pregunta es: ¿Es cierto que de manera unilateral, al ser mayor de 25 años y haber transcurrido más de dos años desde el fallecimiento de su madre, puedo cancelar el contrato de arrendamiento?