Construcción ilegal, en la provincia de Cáceres (10450)

Apreciados Señores:
Tengo una finca rústica de pinar maderable y monte bajo procedente de herencia familiar, debidamente escriturada y registrada, en su día un vecino construyó una edificación sin permiso en la misma, a pesar de que se le advirtió que dicho terreno no era de su propiedad, dicha edificación está denunciada por el Servicio de Protección a la Naturaleza de la Guardia Civil al ser zona protegida.
Intenté llegar a una solución negociada con él y lo único que obtuve fueron amenazas.
Para acabar de rematar la “faena” he dejado el caso en manos de una abogada de la localidad y dicha abogada, ni juega ni resuelve, es decir; como dicho terreno también da a un camino comunal, prefiere dejar que sea el Ayuntamiento de la Localidad quien tome la iniciativa.
En estas circunstancias mis preguntas son:
¿Qué puedo hacer con esta edificación ilegal ; este huevo de cuco que han colocado en mi propiedad, la cual ni puedo utilizar por ser ilegal, ni puedo derribar ni obligar a hacerlo por estar expedientada – ya va para cinco años -, y ante la situación las diversas instancias parecen haber corrido un tupido velo?
¿Qué decisión debo tomar sobre la letrada? ¿Debo retirarle el poder notarial para pleitos? ¿Podría reclamarme – para más inri -alguna cantidad por no haber hecho nada?

Muchas gracias reciban un cordial saludo

20/08/2014 1 Respuesta pública Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Herencia, Acciones legales, Abogado, Propiedad
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Respuestas a la consulta: Construcción ilegal

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Respuesta #1
Respuesta del despacho JIMÉNEZ / Abogados
C/Dionisio Acedo 7 - Portal 3 - 1º-A - 10001 Cáceres (Cáceres)
Juan Luis Jiménez
miércoles 20/08/2014 a las 20:34
Estimado Sr.,

Mire Ud., la inicativa para denunciar la situación la tiene Ud., la tiene el Ayto. y la tiene el Seprona (Guardia Civil), normalmente.
Así, a estas alturas, casi cinco años, eso debe haber sido llevado a juicio y, si tardan más, ya no podrá hacerlo porque prescribirá el delito.
¿Qué puede hacer? Denúncielo en el Juzgado correspondiente y rpomueva el derribo.
Respecto a la letrada, ¿que no trabaja?, despídala, como a cualquiera si no trabajamos.
¿Retirarle el Poder? Habrá que ver el Poder que le ha otogado y en que situación está el asunto, si está iniciado en el juzgado o solo en el Ayto.
¿Qué le puede cobrar ell? Supongo que lo que haya hecho y le pueda acreditar. El mero hecho de ostentar un encargo 5 años sin hacer nada no devenga honorarios.

Espero haberle ayudado.
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