Compra vehículo, en la provincia de Madrid (28020)
hace una semana compre un vehículo de segunda mano, el cual yo pensaba que se encontraba en mejor estado del que tiene realmente; al probarle comprobé que el embrague(pieza de desgaste) no estaba en perfecto estado, pero como es normal en un vehículo con 175000km, ahora bien, tras desplazarme con el a mi ciudad(hice unos 100km) comprobé que el embrague patinaba mucho, es decir, que estaba muy mal estado y necesita una reparación de inmediato.
cuando realizamos el contrato, firmamos una clausula donde pone: el vendedor es el responsable de cargas fiscales, vicios o defectos ocultos que la cosa vendida tenga en un plazo de 6 meses según el articulo 1490 C. Civil
¿cree usted que puedo reclamar algo al vendedor?
gracias por su atención y su tiempo!
un cordial saludo.
David