Como enfocar correctamente el tema de alquiler vacacional, en la provincia de Barcelona (08490)

Quería haceros una consulta a ver si me podéis ayudar. Tengo muchos contactos en la provincia de Barcelona, que en el verano alquilan sus casas por semanas a turistas y se sacan un buen pellizco. Después de ayudarles de manera gratuita durante bastante tiempo, he decidido este verano dedicarme profesionalmente a ello. Mi trabajo sería conseguir los inquilinos, quedar con ellos para la entrega de llaves, explicarles cómo funciona todo... limpiar los apartamentos y dejarlos listos para los siguientes inquilinos... Yo acordaría inicialmente un precio con los diversos propietarios, y luego cobraría mi comisión directamente a mi cliente, al cual me encargaría yo también de enviarle la factura total a nombre de mi empresa.
Mi pregunta es :
Mi cliente me paga la totalidad por ejemplo de 2.000€ por lo cual yo le envió la factura correspondiente por dicho importe sin IVA añadido.
Pero yo he pactado con el propietario pagarle 1.700€ , el me tiene que hacer obligatoriamente factura por ese importe ó hay otra forma de proceder legalmente por mi parte sin tener que depender de que el propietario este dispuesto a hacer me factura.

25/05/2016 1 Respuesta pública Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Acciones legales, Alquiler, Factura, Negocio, IVA, Alquiles vacacional
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Respuestas a la consulta: Como enfocar correctamente el tema de alquiler vacacional

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Respuesta #1
Respuesta del despacho MBO ABOGADOS
ANDRES SEGOVIA, 19 - 18640 PADUL (Granada)
MONTSERRAT BERMUDEZ ORTIZ
jueves 26/05/2016 a las 12:54
Buenos días

Sin embargo, el apartado “e´” del artículo 20.1.23ºb de la LIVA establece que la exención que acabamos de ver no operará cuando se trate de arrendamientos de apartamentos o viviendas amuebladas cuando el arrendador se obligue a la prestación de alguno de los servicios complementarios propios de la industria hotelera, tales como los de restaurante, limpieza, lavado de ropa u otros análogos. Es decir, en estos casos la persona que cede la vivienda al usuario tiene la obligación de emitir factura con IVA.
En estos momentos el IVA aplicable a esta operación de alquiler turístico es el 10%.
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