Clausula de vista arendador, en la provincia de Álava (01002)

Hola,
El pasado mes firmamos un contrato de alquiler en el que una de las clausulas era que no podíamos tener animales en el piso. Pero llevo con una gatita muchos años y decidimos que la íbamos a traer al piso ya que es inofensiva y nuca antes hemos tenido ningún problema en los 5 años que llevamos viviendo de alquiler.

Ya llevamos unas semanas viviendo en el piso y hace un día se paso la casera a hacernos una visita y al ver que había un gato se puso de malas maneras y quiso cancelarnos el contrato por incumplimiento de esa clausula. Leí que el incumplimiento de esta disposición no se contempla en la ley como un motivo para cancelar la relación contractual. No obstante, la LAU sí que especifica como motivos para romper el contrato por parte del propietario “la realización de daños causados dolosamente en la finca” y la realización en la misma de “actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. Ambos supuestos pueden atribuirse a un animal (daños en la finca y actividades insalubres o molestas, como por ejemplo, ladridos o ruidos) y servir como motivo para cancelar el contrato, pero es un gato muy mayor y muy bien educado.

Para que se quede mas tranquila y no nos eche de momento he sacado al gato de casa y esta viviendo con otra familia, pero ahora nos quiere hacer firmar una clausula para acordar un régimen de visitas mensuales en las que la parte arrendadora va a entrar al piso para asegurarse de que no hay ningún animal. Aunque según he leído esto es totalmente ilegal, tengo mucha prisa porque la arrendadora nos a dado de plazo una semana para que firmemos o nos marchemos.

¿Que puedo hacer ante esta situación?

Muchas gracias.

Solicita presupuesto 5/12/2016 Sin respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil
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