Clausula contrato alquiler, en la provincia de Barcelona (08019)
Buenos días
En una de las clausulas del contrato de un alquiler que hemos realizdo de una vivienda, pone lo siguiente:
El arrendatario declara conocer las características y el perfecto estado de conservación de la vivienda y aceptarlas expresamente y se obliga a conservarla en perfecto estado y a abonar el coste de las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la misma. Son de cuenta y cargo del arrendatario los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, los gastos de conservación y reparación de las instalaciones de agua, gas, electricidad, calefacción, cocina, baño, bidé, grifos, waters, lavabos, calentador, antena T.V., y en particular todos los desagües, atascos, arreglo de la cocina, fregaderos y lavaderos. El arrendatario se obliga a poner en conocimiento del arrendador en el plazo más breve posible la necesidad de llevar a cabo las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad.
En caso de disponer la vivienda de caldera para el agua caliente, mixta de calefacción o aire acondicionado se obliga al arrendatario al mantenimiento anual de dichos aparatos y de sus instalaciones, continuando con los seguros o contrato de mantenimiento que tengan los propietarios. De no poder justificar el arrendatario dicha obligación declina el arrendador cualquier responsabilidad sobre el mantenimiento o reparación de dicha reparación.
Entiendo que el caso de arreglar o instalar nueva, en este caso, la caldera.
iria a cargo del inquilino??
Por otro lado, también hacernos cargo de la quotas de seguro y mantenimiento.
Es así o podemos reclamar esta clausula?
Gracias