Cesión de parte de una vivienda, en la provincia de Madrid (28043)

Tengo una vivienda en propiedad junto con mi madre y mi hermana repartida de la siguiente manera: Mi madre tiene el 50% del pleno dominio privativo, y 1/6 del usufructo con caracter privativo por título de herencia. Mi hermana y yo tenemos cada una 1/6 del pleno dominio y 1/12 de la nuda propiedad con caracter privativo por título de herencia.
Mi hermana me quiere ceder su parte de la vivienda. ¿Que pasos tenemos que seguir, y cuanto nos costaría?
Muchas gracias

7/02/2014 5 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Herencia, Cesión, Vivienda
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Respuestas a la consulta: Cesión de parte de una vivienda

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Respuesta #1
Respuesta del despacho pfasociados
Paseo del Pintor Rosales nº 12, 1º Izquierda - 28008 MADRID (Madrid)
Pedro Fernandez
viernes 7/02/2014 a las 12:24
Buenos días, habrá que determinar primero si esa cesión de la parte de la vivienda lo va a ser a título gratuito (tributará entonces por donación ISD entre hermanos) o a título oneroso (tributará entonces como una compraventa ITP.
Los gastos vn a depender del valor que se le de a la vivienda ya que cualquiera de los dos impuestos se aplicarán sobre ese importe.
Si lo desea me puede ampliar la información directamente al despacho y le atenderé gustosamente.
915487550
www.willsandlaws.com
Usuario_1315
viernes 7/02/2014 a las 12:28
Hola Pedro,
En primer lugar, gracias por la rapidez de la respuesta.
La cesión será a título gratuito, y el valor de la vivienda el mínimo exigido por ley. ¿Cómo puedo calcular lo que hay que pagar?
Muchas gracias
Pedro Fernandez
miércoles 9/04/2014 a las 17:23
Buenas tardes, si quiere indíqueme qué valor le van a dar y le hago una estimación, sí quiero que tenga en cuenta que las donaciones entre hermanos no son baratas. Saludos
Respuesta #2
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
viernes 7/02/2014 a las 12:41
Buenos días. Para responder de forma adecuada necesitariamos examinar su caso con mayor detalle. Si lo desea y sin compromiso alguno, puede contactarnos directamente para comentar su caso.

Nuestro teléfono es 91.151.71.13 www.ldcabogados.com
Respuesta #3
Respuesta del despacho Abogadas Asociadas Castellana
Paseo de la Castellana, 210, piso 12, pta. 3 - 28046 Madrid (Madrid)
Rosario Merino Martin-Toledano
viernes 7/02/2014 a las 13:12
Buenos días; depende del tipo de cesión; si es por compraventa de las participaciones o por cesión de las mismas, el impuesto será de un 6% sobre el valor de la participación cedida o comprada; si es donación, más cara; a esto hay que añadirle los gastos de notaría y de inscripción registral. Cualquier duda, puede concertar una cita en los teléfonos 91 345 52 68 y 91 345 60 74. Gracias
Respuesta #4
Respuesta de Enrique González León
28002 Madrid (Madrid)
Enrique González León
domingo 9/02/2014 a las 14:07
Buenos días:

Se puede hacer mediante una donación o compraventa, también su hermana se lo puede dejar en testamento. La donación es mas cara que nla compraventa, pues en Madrid no está exenta y al ser hermanos el impuesto sale más caro. Lo del testamento es para cuando ella fallezca. En fin, si fueta por C.V pagaría transmisiones y plusvalía. Hay varias soluciones. Todo ello añadiendo los gastos de escritura y registro.

Un saludo
Respuesta #5
Respuesta de Asistencialegal.net
Travesía Dos de Mayo nº 11, 3º/C - 28931 Móstoles (Madrid)
Eduardo Llarena Jarabo
domingo 9/02/2014 a las 16:57
La donación entre hermanos no está exenta con lo que tendrá que pagar en impuesto de donaciones una cantidad (no hay un porcentaje exacto, pues se aplica una tabla similar en la forma a la del impuesto sobre la renta) pero que rondará el 20% del valor mínimo fiscal de la vivienda, que puede averiguar en la página web de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la vivienda. Además tendrá que pagar la plusvalía por esa parte (importe que fija el ayuntamiento).
También cobrará el notario por hacer la escritura y el registrador por inscribirla, ambos en función del valor de la casa. Fácilmente que entre ambos ronden los 1.000 / 1.500 euros, al ser solo parte de la vivienda.

Si además quiere contratar un abogado que se encargue de las gestiones, lo que le facilitará la vida y evitará errores y costes extras en impuestos, puede ponerse en contacto conmigo.
Un saludo,
Eduardo Llarena.
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