BODA Y DEUDAS, en la provincia de Barcelona (08025)

Buenos días,
Mi consulta es la siguiente: Mi pareja y yo queremos casarnos en unos meses. Yo tengo unas deudas pendientes de pago, unas reclamadas judicialmente y otras todavía no. El régimen por el cual nos casaremos va a ser el de Separación de Bienes. Quería saber si estas deudas que tengo contraídas a ella le puede afectar, es decir, si en algún momento se las pueden reclamar a ella, muchas gracias.
Saludos,
Blanca

10/01/2014 4 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Separación de bienes, Deuda
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Respuestas a la consulta: BODA Y DEUDAS

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "BODA Y DEUDAS".
Respuesta #1
Respuesta de Cristina Montijano
Casp, 31, 3º 2ª A - 08010 Barcelona (Barcelona)
Cristina Montijano Pérez
viernes 10/01/2014 a las 11:46
No. Las deudas anteriores al matrimonio no pueden ser reclamadas al cónyuge y más en Catalunya, donde el régimen de separación de bienes que se aplica hace que todos tengamos muy claro que bienes y deudas de cada cual, son de cada cual.
Cualquier préstamo o deuda que se reclame a los dos deberá haber sido solicitado por los dos. Enhorabuena por tu matrimonio.
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com
Respuesta #2
Respuesta del despacho Quilez Asociados
C/ Garcilaso nº 3, 1º-1ª - 08201 Sabadell (Barcelona)
Luis Quilez Lloret
viernes 10/01/2014 a las 12:22
En principio no tiene porqué asumir tus deudas, y menos las contraídas anteriormente. Si no participó contigo de ninguna manera en la creación de esas deudas no deberá responder de ellas, un slaudo.
Respuesta #3
Respuesta de SANGRA ADVOCATS
PLAÇA SANT JOAN 17 6º 1º - 25007 LLEIDA (Lleida)
JORDI SANGRÀ PAVIA
viernes 10/01/2014 a las 19:06
Les respuestas anteriores son ciertas, de todas formas en caso de que tengas bienes a medias, por ejemplo, vivienda mitad indivisa cada uno, o cuentas bancarias te pueden embargar tu participación en las mismas, y despues proceder a la subasta de tu parte y si se la adjudica un tercero subastar mediante la division de la cosa comun toda la vivienda incluida la parte de tu mujer. Ten presente que cualquier bien a tu nombre y de tu mujer te embargarian tu parte,por ejemplo las cuentas bancarias, y todo la cuenta si es indistinta.
Respuesta #4
Respuesta de Bufete García Matute
C/ Salmeron 73, local - 08222 Terrasa (Barcelona)
Gracia García Matute
martes 21/01/2014 a las 16:56
Como muy bien te han respondido los compañeros, tus deudas son tuyas porque son antes del matrimonio.
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
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