BIENES PRIVATIVOS TRAS SEPARACION, en la provincia de Madrid (28053)

Adquirí un vehiculo sin tener carnet de conducir, antes de conocer a la que después sería mi esposa, por lo que entiendo que es un bien privativo. Cuando me casé yo todavía no tenía carnet de conducir, y aunque el coche era mio lo utilizaba ella. Tuvimos dos hijas y vendí el utilitario para comprar un scenic, entiendo que al vender mi bien privativo el importe percibido por la venta es también privativo ¿no? y por tanto el nuevo vehiculo es privativo en una parte y ganancial en el resto. Nos hemos separado y me reclama la mitad del coche, yo entiendo que le debería corresponder el 50% de la parte del vehiculo comprada con los gananciales pero no el 50% del total del coche, ¿es así?. Hace dos años que tengo carnet de conducir y lo necesito para ir a trabajar ¿que puedo hacer?.
Muchas gracias por su ayuda.

29/11/2013 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Separación de bienes, Reclamación
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Respuestas a la consulta: BIENES PRIVATIVOS TRAS SEPARACION

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Respuesta #1
Respuesta de VIVES DEL RÍO, ABOGADOS.
Via de las dos Castillas 33. Edificio 4, bajo A - 28224 POZUELO DE ALARCÓN (Madrid)
CARLOTA VIVES
sábado 30/11/2013 a las 22:57
Estimado Señor: Entendemos de sus explicaciones que Ud. se ha separado de su ex- mujer de hecho y que por tanto no han disuelto todavía la sociedad de gananciales. En cuanto al vehículo que adquirió, cuyo titular parece ser que es Usted, también sería un bien ganancial, al haberlo comprado dentro del matrimonio. Estaríamos encantados de poder ayudarle si lo estima así. Llámenos sin compromiso alguno y concierte una cita con nuestro despacho. Atendemos de L a V: de 09:00. A 20:00.

Un cordial saludo,

Letrada Colegiada 61.555

Carlota Vives
Respuesta #2
Respuesta del despacho VELA ABOGADOS
C/ Londres, 39, 1-C - 28028 Madrid (Madrid)
Cristina Iñigo Vela
martes 3/12/2013 a las 13:03
Buenos días. En principio, los bienes que se adquieren con dinero privativo, son bienes privativos, y los bienes que se adquieren dentro del matrimonio, se presume que son bienes gananciales. Ahora bien, si usted puede demostrar que parte del vehículo fue comprado con el dinero que consigió por la venta del anterior, que sí era privativo, entonces será parte ganancial y parte privativo. También tendrá que tener en cuenta el valor del coche, etc. para realizar el reparto. Quedamos a su disposición para estudiar el asunto con mayor detalle, si lo desea. Un cordial saludo.
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