Alquiler con opción a compra de furgoneta, en la provincia de Barcelona (08080)
Alquilamos una furgoneta a un taller con opción a compra. Al finalizar las 24 cuotas, de las que nos quedan 2 por pagar, pasará a nuestro nombre.
Mi duda es si es legal cobrarnos todas las reparaciones, a pesar de que el contrato especifica que las reparaciones corren a cargo del comprador, con obligatoriedad de llevarla a su taller.
Hemos tenido que llevarla en numerosas ocasiones. Además de cobrarnos la reparación, nos cobran también el vehículo de sustitución, (la necesitamos para el trabajo), por lo que no tienen ninguna prisa en repararla. La última vez estuvo un mes.
Tengo entendido que al comprar un vehículo de segunda mano tienes un año de garantía. En este caso, ¿Cuándo se iniciaría este periodo?
Pd: Resido en Mallorca (Baleares) pero no es posible ponerlo en el código postal