Alimentos, en la provincia de Asturias (33011)

Tengo una custodia compartida de mi hija, pero desde hace 4 años ella vive conmigo y su padre no participa económicamente por que los 15 días que debe estar con el, no está.
Mi consulta es: dada la mayoría de edad de mi hija ahora tiene 19 años, como debo reclamar una pensión de alimentos a su padre? quien debe reclamar yo como madre o ella como mayor de edad?
y si lo debe hacer ella tiene derecho a un abogado de oficio ya que no tiene recursos?
Gracias.

10/05/2014 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Manutención, Reclamación, Abogado de oficio, Pensión alimenticia
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Respuestas a la consulta: alimentos

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Respuesta #1
Respuesta del despacho Larios Abogados
Pasaje Mendoza, Edificio Ana Cristina 2, 4ºB izquierda - 29740 Torre del Mar (Málaga)
José María Palomo García
lunes 12/05/2014 a las 19:04
Estimada consultante,

Por Ley, se pueden reclamar hasta 5 años de pensión de alimentos, de modo que en su caso no habría problema porque le adeuda alimentos por menor espacio de tiempo.

La reclamación se evacua por medio de una demanda civil donde se reclama precisamente eso, las cantidades no percibidas en concepto de alimentos. Debe hacerse por medio de abogado, y la persona interesada es usted, no su hija, pues es usted quien estuvo legitimada en su día en el procedimiento de separación o divorcio que se llevó a cabo.

Le invito a que, gratuitamente y sin compromiso, nos contacte y le atenderemos personalmente:

Larios Abogados
951 71 50 41
www.lariosabogados.es

Un cordial saludo.
Respuesta #2
Respuesta del despacho ABOGADOS ASESORES
GIL DE JAZ, 9. ENTRESUELO POSTERIOR DERECHO - 33004 OVIEDO (Asturias)
GERMAN LOPEZ IGLESIAS
lunes 19/05/2014 a las 12:04
Es usted quien debe reclamarlo al padre y por supuesto que usted tiene derecho a solicitar los servicios del abogado de oficio. Pero no se olvide que no es lo mismo abogado de oficio que justicia gratuita.

Saludos
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