entregamos un piso en el 2009 la condición fue una compra-venta, en la que frente a notario nos dijeron que quedamos libres de deudas pero que tendríamos que pagar la...
LUIS ABELEDO IGLESIAS miércoles 25/02/2015 a las 14:55
Hola, tendría que ver la declaración complementaria que le ha girado la AEAT. La dación en pago es una forma de satisfacer la deuda pero hay dos elementos que constituyen base imponible a efectos de pagar impuestos:
Lo que se llama plusvalía municipal. Aumento del valor del suelo.
Lo que es plusvalía a efectos de IRPF que es una ganancia patrimonial.
La AEAT entiende que cuando se entrega una casa que tenía un valor de 10 cuando se compró, se hipoteco por 12 y se entrega en pago por 11 ese 1 tributa al 19 %-21 % según tramos.
Este tipo de situaciones suelen surgir cuando apenas se pagaron cuotas de hipoteca y dicha hipoteca fue superior al valor de la vivienda porque se reestructuraron varias deudas.
En todo caso necesitaría ver el expediente de Hacienda porque, según describe, puede ser que el plazo para realizar alegaciones o presentar recursos ya finalizó.
hace unos años realicé un documento notarial de creación de pareja de hecho en régimen de participaciones pero ese documento no llegó a registrarse en el Registro de Parejas de...
LUIS ABELEDO IGLESIAS viernes 2/01/2015 a las 22:53
Hola, tiene que solicitar la disolución del régimen de participación.
Es la primera vez que tengo noticia de la existencia de un régimen de participación. ¿Se lo ha recomendado un notario para la compra de una propiedad?
Soy espanol de origen extranjero , Casado con una chica asiatica desde haran casi 2 anos.
Vivimos en el sur de Tenerife. Mi Mujer tiene problemas psicologicos que su familia...
LUIS ABELEDO IGLESIAS viernes 3/10/2014 a las 10:51
Hola, buenos días.
El divorcio solicitado por uno de los cónyuges sin consentimiento de otro es el considerado divorcio contencioso.
El hecho de existencia de separación de bienes no implica la existencia de abono de las llamadas cargas del matrimonio. Los bienes no se toca pero suele existir algo de pensión compensatoria si el otro cónyuge no tiene bienes o se ha dedicado al matrimonio sin trabajar.
Si hay hijos tenemos el problema de la pensión alimenticia.
El presupuesto es 1.800 € en primera instancia. No hay liquidación de gananciales por lo que no hay que facturar en este sentido.
Si hay hijos menores no existen tasas pero si no hay menores se abonan tasas judiciales que son 150 € fijos.
El procedimiento de divorcio necesita obligatoriamente procurador que aproximadamente serán unos 300 €.
Mis honorarios se abonan el 60 % antes de iniciar el trabajo y el resto fraccionado en doce meses. No se incluyen impuestos.
En el juzgado de arona va lento. Aproximadamente tardaría 6 meses.
La actuación a seguir es:
Presentar demanda de divorcio, si hay oposición celebrar una vista y esperar a la sentencia.
Mi teléfono es 696811889
Mi mail es luis@abeledoabogados.com