Q puedo hacer, en la provincia de Illes Balears (07006)

Me han engañado no me han dado de alta y no me han pagado

1/09/2014 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Contratos de trabajo, Derecho laboral, Acciones legales, Seguridad Social
Realiza tu consulta online de forma gratuita y recibe respuestas solo de gestorías, asesorias y despachos profesionales

Respuestas a la consulta: q puedo hacer

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "q puedo hacer".
Respuesta #1
Respuesta de Cachorro Garantía
47001 Valladolid (Valladolid)
Diego Martín
miércoles 3/09/2014 a las 09:15
Ante la escueta información, a priori puedes demandar al empresario, pues ha cometido una irregularidad. Si tienes pruebas, puedes demandarlo a la inspección por contratar sin dar de alta, y también iniciar una demanda de conciliación para reclamar la cantidad adeudada.

Probablemente si le indicas al empresario que vas a denunciar la situación a la inspección de trabajo, se avenga a pagarte.

Si necesitas ayuda para redactar la reclamación de conciliación, quedo a tu disposicion.

Atentamente.

Diego Martín
Graduado Social
Respuesta #2
Respuesta del despacho Larios Abogados
Pasaje Mendoza, Edificio Ana Cristina 2, 4ºB izquierda - 29740 Torre del Mar (Málaga)
José María Palomo García
jueves 4/09/2014 a las 11:12
Estimada María José,

Frente a esta irregularidad, caben dos actuaciones conjuntas:

1. Denuncia ante la Inspección de Trabajo: Con esto se consigue que la Inspección lleve a cabo las averiguaciones oportunas y tras ellas, de un lado, sancione fuertemente a la empresa y, de otro, le "reintegren" a usted ese tiempo no cotizado como tiempo cotizado.

2. Demanda ante el Juzgado: Dice la Ley que cuando se contrata a un trabajador y no se le asegura, el trabajador automáticamente es trabajador indefinido. De modo que si usted no sigue trabajando en la empresa, podría lucharse por el despido improcedente como trabajador indefinido, que es mejor que como trabajador temporal, por razones obvias. Además, se puede reclamar conjuntamente la nómina o las nóminas que le deben, incrementadas en un 10% de interés por mora conforme al artículo 29 del ET.

Le facilito nuestros datos para que, sin compromiso, nos contacte y le ampliaremos información:

951 71 50 41
www.lariosabogados.es

Reciba un cordial saludo.
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
Responder consulta

Otras consultas parecidas a "q puedo hacer"

Estas son las últimas consultas publicadas en iasesorate.com relacionadas con "q puedo hacer", que pertenece al área legal de Derecho Laboral.

Compaginar dos trabajos en la provincia de Alicante (03100)

Tengo un contrato indefinido a 24 horas semanales puedo compaginarlo con otro a 40 horas gracias

27/09/2024 Comparte en:

Hola, Llegué de Madrid a Lugo, hace 15 meses y ayer, fui a la Seguridad social en Lugo y me... ver más

26/08/2024 Comparte en:
BASES DE COTIZACION en la provincia de Sevilla (41015)

ME JUBILE A LOS 65 AÑOS(SEPTIEMBRE 2021) CON 43 AÑOS COTIZADOS Y AL REPASAR MIS COTIZACIONES ENCUENTRO AÑO 1980: 5... ver más

11/03/2024 Comparte en:
Días por un cateterismo a mi madre en la provincia de Burgos (09007)

A mi madre la van a hacer un cateterismo y va a precisar reposo domiciliario, ¿me corresponde algún día de... ver más

1/03/2024 Comparte en:
Periodos "sin base registrada" en la provincia de Almería (04288)

He descargado de la página de la TGSS los informes de bases de cotización en las diferentes empresas en las... ver más

5/11/2023 Comparte en: