¿Pueden echar a un cooperativista por causas objetivas?, en la provincia de Madrid (28223)

En una cooperativa, que es un colegio, hay socios profesores, en cocina, administración, secretaría y conserjería, y también personal contratado. Van a desaparecer aulas de primer ciclo de infantil y quieren que un socio se de baja obligatoria o se quede suspendido de empleo y retribución hasta conseguir otro título académico para dar clase a otros alumnos. Pero no se contempla rehubicarlo en algúno de los puestos que tiene parte del personal contratado (conserjería, auxiliar, etc). No tendría preferencia el socio antes que cualquier contratado? No debería rehubicarse al socio a un puesto que pudiera desempeñar con su titulación actual?

10/06/2015 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Mercantil Acciones legales, Cooperativa, Causas objetivas
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Respuestas a la consulta: ¿Pueden echar a un cooperativista por causas objetivas?

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "¿Pueden echar a un cooperativista por causas objetivas?".
Respuesta #1
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
miércoles 10/06/2015 a las 19:29
Buenas tardes y gracias por su consulta. Para facilitarle una respuesta adecuada seria necesario acudir a los Estatutos de su cooperativa y las normas que tengan vigentes como socios. Si lo desea puede llamarnos para comentar con mayor detalle su caso. 91.151.71.13
Manuel Larrotcha www.ldcabogados.com
Respuesta #2
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
miércoles 10/06/2015 a las 19:36
Buenas tardes.
Es complicado asesorarle sin tener conocimiento del contenido de los estatutos de la cooperativa, pero lo normal es que los socios cooperativistas, si son profesionales, tengan un derecho preferente, pero insisto en que seria necesario conocer los estatutos.
Si desea contar con nuestros servicios, pongase en contacto con el despacho en el teléfono 915343572.
Un cordial saludo
Respuesta #3
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
miércoles 10/06/2015 a las 20:52
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
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