Motivo para convocar junta extraordinaria., en la provincia de Lleida (25004)
Soy heredero de acciones de una S.A. aún no he ejercido como accionista, (he heredado recientemente ) esperaba hacerlo en la junta general de accionistas, a través del borme compruebo que este mes se han modificado los estatutos sociales de la empresa reservando ciertos derechos exclusivamente al órgano administrativo, y anunciando la creación de la web corporativa, se establece también que para la junta general no será necesaria la presencia de todos los accionistas para darse por válida, bastará que haya un 25% de acciones representadas,me pregunto si para una modificación así no es necesario convocar una junta general de todos los accionistas, quisiera saber si esto me habilita a convocar una junta extraordinaria, donde espero poder plantear que se repartan dividendos (ya que la empresa no lo hace). Tengo un 10% de acciones. , gracias.