INCUMPLIMIENTO CONTRATO ALQUILER, en la provincia de Toledo (45950)

Somos una empresa que acaba de firmar un contrato de arrendamiento para el cambio de nuestra sede. Tras la firma del contrato, el arrendador de la nave en la que estamos ahora, nos ha hecho una contraoferta muy interesante. Por el momento el único importe abonado son 2500 euros en concepto de reserva, pero como digo el contrato ya se ha firmado por ambas partes. Mi pregunta es si podemos anular el contrato perdiendo la señal, o si estamos obligados a cumplirlo o pagar una indemnización.

15/01/2014 6 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Mercantil Incumplimiento contrato
Realiza tu consulta online de forma gratuita y recibe respuestas solo de gestorías, asesorias y despachos profesionales

Respuestas a la consulta: INCUMPLIMIENTO CONTRATO ALQUILER

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "INCUMPLIMIENTO CONTRATO ALQUILER".
Respuesta #1
Respuesta del despacho LAWDE PROFESIONALES JURIDICOS
Calle Pablo Luengo 9 - 10300 Navalmoral de la Mata (Cáceres)
Angel Muñoz Arroyo
miércoles 15/01/2014 a las 11:57
Habría que revisar el contrato para comprobar las cláusulas, y la rescisión anticipada del contrato.

Puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 927535494

Saludos
Respuesta #2
Respuesta del despacho Gabinete Jurídico G & G
Rafael García Cepas
miércoles 15/01/2014 a las 12:55
En principio los contratos tienen fuerza de Ley entre las partes contratantes, también es cierto que prima la voluntad de las partes en los contratos arrendaticios.

Lo más correcto es que nos remitieras el contrato para examinarlo en el despacho, si desea puedes ponerte en contacto con nosotros en el tlf. 913861929 y 600419666, www.gabinete-g.com
Respuesta #3
Respuesta de DIAZ ALBERDI ABOGADOS
Calle Obispo Hervas - 13002 Ciudad Real (Ciudad Real)
Francisco Jose Diaz Alberdi
miércoles 15/01/2014 a las 17:54
Buenas partes, como se le ha indicado anteriormente habría que revisar el contrato, en concreto si existe alguna cláusula relativa a la duración del contrato y, la resolución anticipada del mismo.
En principio, el contrato debe cumplirse en sus términos y, solo cabe su denuncia y resolución por las causas y motivos expuestos en el mismo, por lo qué, la parte que lo incumple fuera de estas causas se le puede reclamar judicialmente, bien el cumplimiento del contrato, bien los daños y perjuicios sufridos.
Puede ponerse en contacto para mayor información y presupuesto en el 926274647 o 629042952.
Saludos.
Respuesta #4
Respuesta de Cristina Montijano
Casp, 31, 3º 2ª A - 08010 Barcelona (Barcelona)
Cristina Montijano Pérez
jueves 16/01/2014 a las 18:07
Sin conocer el contenido del contrato es imposible asesorarte. Aún así, lo mejor es hablar con el propietario del nuevo local y ver que pediría para negociar la resolución. A partir de ahí, hay que valorar lo que más os conviene. A vuestra disposición para el asesoramiento en este asunto. Un saludo,
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com

Respuesta #5
Respuesta del despacho El Albero Abogados
Ronda de Buenavista, 4 - 45005 Toledo (Toledo)
Roberto Villar López
sábado 18/01/2014 a las 17:06
Estimado cliente:

Debemos conocer los términos del contrato firmado para conocer lo que se establece en sus clausulas en relación con la rescisión del mismo y se contempla algún tipo de penalización por la rescisión del mismo.
Estamos a su entera disposición en el teléfono 722438911
Analizaremos su asunto de forma personal con el fin de salvaguardar sus legítimos derechos.
Le facilitaremos asimismo un presupuesto sin compromiso alguno.

El Albero Abogados.
Toledo
Respuesta #6
Respuesta del despacho Joaquín Lara y Asociados
C/ CAÑOS DE CARMONA, 9 - 1º A - 41003 SEVILLA (Sevilla)
Joaquín Lara y Asociados
miércoles 12/02/2014 a las 15:54
Buenas tardes,
Es posible rescindir el contrato y abonar por lo tanto la correspondiente indemnización, si así lo estipulara el contrato de arrendamiento.

Saludos,
Joaquín Lara
Tlfno. 625 355 785
www.abogadojoaquinlara.com
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
Responder consulta

Otras consultas parecidas a "INCUMPLIMIENTO CONTRATO ALQUILER"

Estas son las últimas consultas publicadas en iasesorate.com relacionadas con "INCUMPLIMIENTO CONTRATO ALQUILER", que pertenece al área legal de Derecho Mercantil.

traspaso y arrendamiento de bar en la provincia de Sevilla (41008)

Hola, mi consulta es la siguiente: nos traspasaron un bar de copas hace un año por 12000 euros con supuestamente... ver más

4/05/2020 Comparte en:
Devolver dinero contrato reserva inmueble en la provincia de Barcelona (08980)

Hola, Justo una semana antes de la pandemia y del confinamiento total dimos una entrada para comprar un piso y... ver más

26/04/2020 Comparte en:
Contrato sin firmar por una parte en la provincia de Madrid (28001)

Hace unos años se firmó un contrato mediante una plataforma de firma electrónica llamada HelloSign. Sin embargo en el contrato,... ver más

11/04/2020 Comparte en:
compra online en la provincia de Barcelona (08903)

Hola para un producto que he comprado en internet y no se corresponde a la descripcion? El vendedor me ha... ver más

29/01/2020 Comparte en:
Cobro de una letra o pagaré en la provincia de Barcelona (08080)

Buenas noches mi consulta es , saque un préstamo con un particular y presente una copia simple del acta constitutiva... ver más

23/01/2020 Comparte en: