En la situación que describe, de momento debe esperar acontecimientos, pues, su relación laboral sigue vigente y, por tanto debe seguir prestando su trabajo.
Si la empresa se declara en concurso (quiebra), ello no significa que se extinga su relación laboral, ni su obligación de seguir acudiendo a su trabajo, salvo que, por impago de salarios o, cualquier otra razón, Ud., pida la resolución de su relación laboral, de no ser así, la administración concursal solicitará al Juez que hacer con las relaciones laborales vigentes.
Sí como dice la intención de la empresa es crear una nueva empresa para continuar la actividad sin las deudas o, problemas que tiene en la actualidad, en primer lugar, extinguiría su relación laboral, comunicándole por escrito tal decisión, me imagino que por medio de un despido por causas objetivas, por lo qué, comenzará un plazo de 20 días para iniciar las reclamaciones pertinentes.
Aún en esta situación, si el empresario ha abierto una nueva empresa y la conoce o, tiene localizada, podría solicitar la declaración de sucesión de empresa.
De otro lado, si desea mantener la relación laboral con Ud., en la nueva empresa, lo normal es que esta nueva empresa se subrogase en sus contratos, pero, esa solución no creo que sea la que busque la empresa.
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