Despido procedente, en la provincia de Málaga (29010)

Buenas tardes. A mi marido (con contrato indefinido) le llamaron de la empresa hace un mes para informarle que el producto que su empresa comercializa (llevaba 8 meses en la empresa en ese momento) no estaba alcanzando buenas cifras de venta (hasta ese momento no tenía objetivos fijados). Le indicaron que la situación debía cambiar y que le daban dos opciones: A) algo más de plazo, en cuyo caso si la situación no cambiaban lo despedirían, o el plan B) que era un contrato mercantil con la posibilidad de trabajar externamente y así no tener exclusividad con ellos de manera que pudiese ofertar productos diferentes a los suyos. Él dado la situación actual, y más que nada por amor propio, lo volvió a intentar como asalariado. La respuesta de la empresa ante su decisión fué darle un mes más (estaba claro que querían prescindir de él). Lo han vuelto a llamar pasado el mes, y a pesar de que la situación a mejorado algo, la empresa entiende que no se ha producido el vuelco por ellos esperado. Le volvieron a dar la posibilidad de ser agente de manera que preparasen simultáneamente el despido y el contrato mercantil pero él les ha indicado que tenía que hacer números dado que las ventas efectivamente no eran suficientes para asumir un seguro de autónomo, coche, móvil, etc. y que les diría algo cuando encontrase más marcas a comercializar y pudiese poner en marcha el proyecto. La sorpresa ha sido cuando le han hecho un despido procedente y él, desconociendo las implicaciones y dado que es un buenazo, ha firmado. No le han dado indemnización alguna y tenemos un seguro de Desempleo que no está dispuesto a pagar por no ser despido improcedente. ¿ Cómo podemos defendernos de esta situación tan injusta? ¿tenemos posibilidades de que se declare el despido improcedente y que le den su indemnización y así también estemos cubiertos con el seguro? Estamos seguros que los clientes estarían dispuesto a echar por tierra la teoría de la falta de actitud/profesionalidad/ mal comportamiento, o cualquier patochada que se le ocurra a la empresa, de echo lo contrataron por su cartera de clientes, ya que lleva en el sector casi 15 años. Muchas gracias

1/12/2013 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Despido improcedente, Despido procedente, Acciones legales
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Respuestas a la consulta: despido procedente

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Respuesta #1
Respuesta de GEA VAZQUEZ ASESORES
Don cristian 48, 3B - 29007 Malaga (Málaga)
JESUS GEA CAMARA
domingo 1/12/2013 a las 21:05
Es importante saber que es lo que a firmado, si lo q a firmado es solo la comunicacion del despido, no tiene de que preocuparse, dispone de 20 dias habiles para impugnarlo. Si lo que ha firmado es un finiquito, el asunto se puede complicar. Si lo desea envieme esos documentos por correo electronico y le podre dar una contestacion mas exacta.
Respuesta #2
Respuesta del despacho Larios Abogados
Pasaje Mendoza, Edificio Ana Cristina 2, 4ºB izquierda - 29740 Torre del Mar (Málaga)
José María Palomo García
miércoles 4/12/2013 a las 19:13
Estimada consultante,

El interés que tiene la empresa en concertar con su marido un contrato mercantil se debe a que, si se concreta, la relación que unirá a su marido con la empresa no será laboral sino mercantil, de modo que perdería los derechos propios de todo trabajador como finiquito, indemnización y demás. Es una estrategia de la empresa para abaratar el despido hasta el punto de no tener que pagar un euro. Como señala el compañero que me precede, si la empresa decidiera prescindir de su marido, cuenta con 20 días hábiles (se excluyen sábados, domingos y festivos) para impugnar el despido que, probablemente sea improcedente por ser así de hecho, o porque la empresa no pueda acreditar que es procedente, teniendo en ambos casos el mismo efecto.

Nuestro bufete queda a su entera disposición para cuantas acciones quisieran entablar, pudiendo contactarnos a través de nuestra web www.lariosabogados.es

Reciba un cordial saludo
Respuesta #3
Respuesta del despacho CEGARRA ASESORES
Paseo Alfonso XIII - 38 - 30203 CARTAGENA (Murcia)
Contiene presupuesto
JOSE PEDRO CEGARRA NÚÑEZ
miércoles 11/12/2013 a las 18:14
Buenas tardes,

efectivamente, si el despido lo pudiéramos clasificar como improcedente y estuviéramos dentro del plazo deberíamos presentar ya demanda de Conciliación Laboral.
Siempre podemos llegar a un acuerdo con la empresa en cuanto a readmisión o indemnización y evitar actuaciones judiciales.

un saludo
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